viernes, 25 de septiembre de 2015

Memoria de Puelles y Espinosa sobre el estado antipalúdico de Alcalá de los Gazules (II)




Análisis de la memoria antipalúdica

       El documento describe a la población de Alcalá de los Gazules como agricultores y ganaderos “la generalidad de sus habitantes son ganaderos, jornaleros...” (29) analizando de forma muy superficial el problema de las graves desigualdades sociales producidas por la posesión de la tierra y su explotación. Se detiene a poner de manifiesto el impacto negativo que tuvieron las roturaciones intensivas de las tierras comunales desamortizadas en 1855, concedida a censo enfitéutico “con obligación de sembrarla... era preciso seguir labrándolas, aunque cada año fuesen mayores los daños para la tierra, y menores los rendimientos”(30) La falta de interés por mejorar los cultivos queda patente en el documento ante la falta de aprovechamiento de los productos fertilizantes naturales, tal y como dice la memoria: “los estiércoles no se aprovechan más que como abono, en algún que otro huerto, constituyendo extensos muladares en las afueras de la población, que el Municipio se cuida de quemarlos en las proximidades del estío”(31)

       La privatización de las tierras comunales mermó no sólo los recursos municipales obtenidos mediante el arrendamiento de éstas, sino también los de la población rural que subsistía gracias al aprovechamiento de los montes de propios. (32) Como ejemplo de la situación del campesinado tenemos la situación en la que se encontraban los jornaleros de Alcalá de los Gazules en 1879, que solicitaron el socorro municipal por “efecto del mal tiempo no encontraban trabajo, llegando a tal extremo de falta de recursos, que algunos de ellos, decían que pasaban hasta días enteros lo mismo que a su familia sin tener con que alimentarse”. (30) Así mismo, Manuel Sandoval Moreno deja testimonio, en un artículo titulado “El problema obrero” de los causantes de las penurias de las clases más desfavorecidas de la población, con motivo de una huelga ante la carestía de la vida y el paro: “Todo eso lo hemos repetido hasta el cansancio sin darnos cuenta de que, mientras los alcaldes tengan por consejeros a los incansables conspiradores contra la tranquilidad pública, de la cual ellos viven y medran, Alcalá de los Gazules, como cualquier otro pueblo dominado por el caciquismo, solo vivirá la vida misérrima de la más triste esclavitud”(34)

Texto íntegro del artículo del periódico "El Castillo de Alcalá"

       Otro elemento que analiza el documento es las deficientes condiciones higiénicas de la población, así como la situación de hacinamiento derivada de la distribución urbana. “La higiene en esta población no es la mejor todavía que con un vecindario algo crecido, carece de alcantarillado en la mayoría de sus calles; estas son angostas y tortuosas; las plazas pocas y pequeñas; las casas bajas; chicas y las más sin patio, con gran parte de sus habitaciones bajo tierra y hacinados vecinos y animales...” (35) Hay que tener en cuenta la situación de aislamiento de la población y la carencia de infraestructuras básicas, como indica la memoria la carencia de alcantarillado, la electricidad no llegaría al pueblo hasta 1908 (36) y la carretera de conexión con Los Barrios-Algeciras no se construiría hasta 1917-1920. (37) La falta de un laboratorio municipal también es denunciada por los médicos de la población “No se dispone de laboratorio y aparatos para hacer el estudio químico y bacteriológico de las aguas”(38) Años más tarde, en 1918 será el Dr. Urtubey, director del Laboratorio Municipal de Cádiz quien denuncie en el Diario de Cádiz la falta de medios para realizar los análisis bacteriológicos de las aguas potables. (39)

carece de alcantarillado en la mayoría de sus calles; estas son angostas y tortuosas

      Sin embargo, pese a las malas condiciones higiénicas y situación del campesinado, los autores refieren en la memoria que, por su situación, la población era inmune al paludismo: “El pueblo goza de inmunidad a excepción de los edificios que en el Cerro de la Coracha que miran al Barbate. Favorece al pueblo tener su situación en una hondonada o valle entre el monte de la Coracha y el de Lario, y como este es mucho más alto que la ciudad por él, no tiene lagunas ni charcas, sopla el levante encontrándose el pueblo entre la dirección de este viento y el río, de ahí su inmunidad... Esta falta de aire, de luz y de higiene influyen bastante en la producción e incremento de las afecciones infecciosas y contagiosas principalmente tifoidea y difteria pero jamás el paludismo”. (40)

       En la memoria hacen una descripción hidrológica del término municipal, atribuyendo a las aguas estancadas ser los “focos más seguros y permanentes de la infección palúdica”, (41) pero no sólo atribuye la malaria a las aguas estancadas, sino que también lo asocia a la remoción de tierras. (42) Pese a que hasta la publicación del informe sobre paludismo en Extremadura de Antonio Mendoza en 1902 (43) no se aceptó la hipótesis de la transmisión de la enfermedad por vectores, vemos como la memoria plantea la relación causal del “mosquito inoculador, que según algunos higienistas modernos, es un tenaz propagandista”. (44)

       En un estudio reciente que analiza la mortalidad ocurrida en Alcalá de los Gazules entre los años 1916 a 1921 (45) se han localizado un total de 23 defunciones atribuidas al paludismo, la mayoría en el período estival. La memoria indica que “las estaciones o épocas del año más adecuadas son el verano y los primeros meses de otoño”. (46) La concentración de las defunciones en el período estival coincide con el ciclo de vida de los vectores así como con el período de mayor actividad agrícola, ya que durante la siega “se aumenta la población con más de 300 segadores”. (47) Todos estos factores unidos permiten entender la razón por la cual los autores de la memoria consideran al paludismo como la primera causa aguda de enfermedad en la población.

       La mayor proporción de hombres muertos por esta causa puede indicarnos que éstos contrajeron la enfermedad mientras trabajaban en el campo, en zonas próximas a riachuelos y charcas, donde el mosquito Anopheles, vehículo de la malaria, hubiera proliferado. A este respecto se pronuncian los autores de la memoria diciendo que “se ven en las casas atacados del paludismo, aquellos que lo han contraído en el campo, y en cambio su familia y asistentes han quedado siempre inmunes” (48) que viene a ratificar nuestra hipótesis.

       Respecto a las medidas llevadas a cabo contra el paludismo en la población, los autores afirman que las acciones han sido “la quema de los muladares a fines de primavera, las inspecciones domiciliarias para cumplir la prohibición de los cerdos y algún alcantarillado”. (49) Hemos corroborado en las actas de la Junta Municipal de Sanidad de Alcalá de los Gazules, que efectivamente se adoptaron medidas higiénicas, como son extremar “la vigilancia para el más exacto cumplimiento de las mismas, la limpieza de los muladares, prohibir la matanza de cerdos, examinar el cementerio, evitar que los animales queden insepultos en el campo para evitar en lo posible la propagación de cualquier enfermedad contagiosa”(50) siendo precisamente Manuel Espinosa, autor de la memoria, el secretario de la Junta Municipal de Sanidad y perteneciendo a la misma José María de Puelles.

      Entre las actuaciones a realizar los autores plantean la necesidad de canalizar el río Barbate, para evitar las inundaciones, construir canales de drenajes, realizar plantaciones de eucaliptos o pinos. Centran su interés en las acciones sobre el cerro de la Pagana, por ser este uno de los focos de paludismo más importante, así como en la realización de inspecciones más rigurosas de las viviendas situadas en zonas rurales y la regulación de la venta de la quina. (51)

Conclusiones

       En definitiva los esfuerzos por combatir el paludismo en el primer tercio del siglo XX dieron como resultado una disminución gradual de la mortalidad por esta causa, gracias a la puesta en marcha de iniciativas como creación de la Comisión para el Saneamiento de Comarcas Palúdicas y de los dispensarios antipalúdicos, subvencionados en parte por organismos internacionales como la Fundación Rockefeller y la Comisión de Paludismo de la Organización de Higiene de la Sociedad de Naciones, además de los esfuerzos de los médicos rurales. 

      

Notas bibliográficas

29. De Puelles, J.M.(1908). Op.Cit.: 420.

30. Idem, 416.

31. Idem, 420.

32. Abós, A.L. (2009). Desamortización de Mendizábal a Mádoz. Modernidad y Despojo. Zaragoza: Delsan, 191-214.

33. Archivo Municipal de Alcalá de los Gazules. Legajo 410. Actas de la Junta de socorro de los jornaleros del 12 y 27 de enero de 1879.

34. El Castillo de Alcalá, 30 de junio de 1918. En: García, G. (1997). Lamento campesino. Un siglo crucial en la historia de Alcalá de los Gazules (1860-1960). Cádiz: Publicaciones del Sur, 69.

35. De Puelles, J.M. (1908). Op.Cit.:424-425.

36. Diario de Cádiz, 7 enero 1908.

37. Ramos, M. (1983). Historia de los pueblos de la provincia de Cádiz. Alcalá de los Gazules. Jerez de la Frontera: Diputación de Cádiz, 295-301.

38. De Puelles, J.M.(1908). Op.Cit.:412.

39. Diario de Cádiz. Miércoles 9 de octubre de 1918, 1.

40. De Puelles, J.M.(1908). Op.Cit.:421.

41. Idem, 411.

42. Idem, 419-420.

43. Huertas, F., Mendoza, A. (1902). Estudio acerca del paludismo y su profilaxis en la provincia de Cáceres. Madrid: Dirección General de Sanidad.

44. De Puelles, J.M. (1908). Op.Cit.:422.

45. Molanes, P. (2011). Mortalidad en Alcalá de los Gazules (1916-1921) [Trabajo Fin de Máster Inédito]. Cádiz: Facultad de Enfermería y Fisioterapia.

46. De Puelles, J.M. (1908). Op.Cit.:419.

47. Idem, 423.

48. Idem, 422.

49. Idem, 425.

50. Archivo Municipal de Alcalá de los Gazules. Legajo 423. Actas de constitución de la Junta Municipal de Sanidad. Sesión 1 julio y 17 de agosto de 1899.

51. De Puelles, J.M.(1908). Op.Cit.:426-429.




sábado, 19 de septiembre de 2015

Memoria de Puelles y Espinosa sobre el estado antipalúdico de Alcalá de los Gazules (I)



Pablo Molanés Pérez



Resumen

       El esfuerzo realizado durante el primer tercio del siglo XX por combatir el paludismo en España dio como resultado el descenso de la mortalidad palúdica en este periodo. Los estudios de la enfermedad se vieron sucedidos por la creación de una reglamentación y de organismos gubernamentales para combatirla. En este trabajo se estudia una Memoria sobre el Estado Antipalúdico, emitida por la Junta Local de Sanidad de Alcalá de los Gazules, con motivo de ley del 30 de enero de 1900. Supone una fuente de información fundamental para comprender la realidad socio-económica y el estado sanitario de la localidad, así como para entender el escaso grado de implantación de los avances médicos en el ámbito rural.

       "De pronto surge ante nosotros Alcalá de los Gazules, enclavado en lo alto de un monte de soberana grandeza a 780 metros sobre el nivel del mar. Las casas, muy blancas, de rojizos tejados, se descuelgan bravamente unidas como enlazadas por misteriosos eslabones"

Diego Berraquero Miril
El Heraldo de San Fernando 14 al 16 de septiembre de 1926


Introducción al texto y los autores

       El documento que presentamos es un manuscrito encontrado en el Archivo Municipal de Alcalá de los Gazules, caja 426. Sus autores son Manuel Espinosa y Ramos y José María de Puelles y Centeno, ambos médicos de Alcalá de los Gazules (Cádiz) y miembros de la Junta Municipal de Sanidad. No ha sido posible fechar de manera exacta el documento pero puede contextualizarse entre 1900-1901 ya que fue emitido por los autores, vocales de la Junta Sanitaria Municipal y remitido a la Real Academia de Medicina de Madrid en respuesta a la ley del 30 de enero de 1900 para el estudio del paludismo. (1) La citada ley preceptúa en su artículo 1º la búsqueda de las fuentes de paludismo en España, los daños que causa y los remedios más apropiados para combatirlos. Para ello se creó una comisión de la Real Academia de Medicina encargada de redactar un cuestionario al que debían responder las juntas provinciales y municipales de sanidad, las inspecciones provinciales, subdelegados de medicina y médicos titulares. (2,3) Hasta el momento no hemos localizado otras memorias que respondan a este cuestionario, pero suponemos que fueron realizadas. Sí hemos localizado una Memoria sobre la lucha antipalúdica en la provincia de Cádiz, posterior a ésta, presentada en 1943. (4)

       José María de Puelles y Centeno nace el 27 de Febrero de 1853 en Alcalá de los Gazules (Cádiz). Cursa los estudios de medicina en Cádiz, entre 1869 y 1873, y revalida la carrera el 28 de marzo de 1873, con la calificación de aprobado. Entre finales de abril y el mes de septiembre del mismo año, Puelles y Centeno trabaja como médico titular de Jimena de la Frontera, hasta ser llamado a realizar el Servicio Militar Obligatorio, participando en la III Guerra Carlista. Se licencia en mayo de 1876 y obtiene la titularidad de Alcalá de los Gazules, que ejercerá entre 1876-1883 y entre 1885-1900, y que se vio interrumpida por su traslado a Madrid para cursar el primer año de la carrera de Derecho entre 1883-1884. En 1901 abandona definitivamente el ejercicio de la medicina tras obtener la notaría de Medina Sidonia. Muere el 8 de enero de 1927 en Medina Sidonia a los 73 años. (5)

       De Manuel María Espinosa de los Monteros y Ramos tenemos pocos datos biográficos. Nace el 2 de diciembre de 1828 en Alcalá de los Gazules. (6) Obtiene el título de Bachiller en Filosofía por la Universidad de Sevilla el 9 de noviembre de 1847. Cursa los estudios de Medicina en Cádiz, entre 1847 y 1852. El 5 de junio de 1852 obtiene el grado de Bachiller en Medicina y Cirugía con la calificación de aprobado. Obtiene la licenciatura en Medicina el 9 de junio de 1854, con la calificación de aprobado. Cursa el expediente para obtener el grado de doctor en 1869. Se casa con María de los Santos de Puelles y Salas y tras su muerte, en segundas nupcias con María de los Santos Delgado de Mendoza y de Puelles. (7) Debe guardar una buena relación con la familia del primer autor, ya que mientras estudia para obtener el grado de Doctor, en 1868, vive en la casa de Joaquín Puelles, padre del coautor del texto, en la calle Cruz nº 14 de Cádiz, haciendo éste de fiador. (8)

      En la obra Como le quieran llamar (9) José María de Puelles reproduce la Memoria Antipalúdica encontrada manuscrita en el Archivo Municipal, pero sin hacer ninguna referencia a su coautoría con Manuel Espinoza y Ramos. Al hacer una comparación del contenido del texto publicado que reproducimos en este trabajo, con respecto al manuscrito hallado en el Archivo de Alcalá encontramos que las únicas variaciones son correcciones de estilo y la supresión en el texto publicado del párrafo introductorio donde se hace referencia a la coautoría, que reproducimos a continuación:

       “Don Manuel Espinosa y Ramos, licenciado en Medicina, Cirugía y Farmacia, y Don José María de Puelles y Centeno, licenciado en Medicina, Cirugía y Derecho, vocales de la Junta Local de Sanidad de Alcalá de los Gazules, nombrados como ponentes para dar informe a la misma área del cuestionario sobre la estimación del paludismo exponen:

       Que deseosos en cumplimentar las ordenes de la Superioridad que han de redundar en provecho y beneficio de las localidades, han estudiado con el mejor deseo las diferentes preguntas que se hacen en el referido cuestionario, sintiendo no poder contestar a algunas por falta de observaciones y medios adecuados, pero que esperan que la Junta en su superior criterio y mayores conocimientos los subsanará en parte, y al propio tiempo corregirá los errores y deficiencias que note, quedándole a los que suscriben la satisfacción de haber contribuido con el mayor entusiasmo y buena fe a la contestación del cuestionario que se pasa a expresar.” (10)


La lucha antipalúdica en la provincia de Cádiz

       Los trabajos sobre paludismo de Giovanni Battista Grassi (11) y Gustavo Pittaluga (12) condicionaron la lucha antipalúdica y las políticas sanitarias en la España de comienzos del siglo XX. El primer organismo central contra la lucha antipalúdica fue la Comisión para el Saneamiento de Comarcas Palúdicas, creado el 23 de agosto de 1920 y presidido por Pittaluga. (13) Los esfuerzos por erradicar el paludismo aumentaron en la primera mitad del siglo XX gracias a la implicación de organismos internacionales como la Junta de Sanidad Internacional de la Fundación Rockefeller, en 1917 y la Comisión de Paludismo de la Organización de Higiene de la Sociedad de Naciones a partir de 1924. (14)

        Con el Real Decreto de 1924 se crean los Institutos Provinciales de Higiene, desde donde se vertebrará la lucha antipalúdica en forma de subcomisiones. (15) El Reglamento de Sanidad Provincial de 1925 recoge que “en las provincias en las que exista una endemia palúdica de consideración, con focos importantes o repartidos en grandes extensiones de terreno, se establecerá en esta misma Sección un servicio destinado al estudio del paludismo y lucha antipalúdica” (16) En el caso de la provincia de Cádiz, el Inspector Provincial de Sanidad, Leonardo Rodrigo Lavín apunta en un artículo de la revista Cádiz Médico en 1910 lo siguiente sobre Cádiz: “A juzgar por las estadísticas de mortalidad, el paludismo causa bajas en toda la tierra baja de nuestra provincia”. (17) Rodrigo Lavín establece como estrategia para combatir el paludismo la destrucción de los focos palúdicos humanos por quinización y así mismo perseguir los focos constituidos por aguas estancadas mediante la petrolización. (18,19)

        La creación de los dispensarios antipalúdicos se debe a las obligaciones que derivan del Reglamento de Sanidad Provincial de 1925. Estos dispensarios jugaron un papel fundamental en las campañas antipalúdicas para garantizar el control, tratamiento y seguimiento a los afectados. El dispensario antipalúdico instalado en Arcos de la Frontera fue desde su fundación en 1927 y hasta 1931, prácticamente el único servicio de atención de palúdicos de la provincia de Cádiz, instalándose progresivamente el de Jerez en 1931 (20) y el de Villamartín en 1932. Para poder prestar atención médica a la población de las zonas rurales fue fundamental la incorporación de automóviles para desplazarse a los cortijos y los pueblos circundantes de los que se recibían pacientes en el dispensario. (21)

        Durante la II República debió instalarse un dispensario antipalúdico en Alcalá de los Gazules, tal y como nos consta en el Expediente para la reinstalación del dispensario antipalúdico en la casa consistorial, fechado en 1937. (22) Según este documento, el dispensario respondería a la autoridad del Inspector Provincial de Sanidad, bajo la tutela del Instituto Provincial de Higiene. El ayuntamiento sin embargo tenía “la obligación de pagar casa adecuada, luz, limpieza, un mozo y trescientas pesetas de gratificación anual, según el acuerdo que tomó este ayuntamiento para que el Instituto Provincial de Higiene estableciera en esta localidad el dispensario antipalúdico”. (23)

       El interés creciente en el primer tercio del siglo XX por la lucha antipalúdica se tradujo en una disminución de la mortalidad palúdica en este período, de forma generalizada en todo el país, tal y como indican los datos recogidos por Marcelino Pascua. 

Tabla 1. Mortalidad por Paludismo en Cádiz (por 100.000) según Marcelino Pascua

      La mortalidad rural triplica la de las capitales de provincia, lo que demuestra que se trataba de una epidemia rural. (24) Sadí de Buen, Secretario de la Comisión Central Antipalúdica afirmó que “la mortalidad específica por esa causa descendía en España desde principios de siglo" achacando esto "al esfuerzo de nuestros médicos rurales”. (25)

       Según Marcelino Pascua, la tendencia descendente de la mortalidad específica por causa palúdica fue interrumpida por el repunte entre 1904-1906 y 1914-1918, coincidiendo este último con la I Guerra Mundial. (26,27) A estos repuntes habría que añadirles el producido en la posguerra, como consecuencia de los grandes desplazamientos de población, la situación de hambruna, la entrada de contingentes del ejército marroquí y la interrupción de los programas de lucha antipalúdica sobre la población civil. (28)

      

Notas bibliográficas

Artículo publicado en Temperamentvm 2011, 14. REVISTA INTERNACIONAL DE HISTORIA Y PENSAMIENTO ENFERMERO ISSN: 1699-6011

(las fotografías del artículo inserto en este blog, no se corresponden con la versión impresa en la revista, a excepción de la Tabla 1 y los Padrones)

1. Ley disponiendo que la Real Academia de Medicina se proceda á redactar un informe en que se determinen las fuentes del paludismo en España, los daños múltiples que causa y los remedios más á propósito para combatirlos. Gaceta de Madrid. 1900; paludismo en España, los daños múltiples que causa y los remedios más á propósito para combatirlos. Gaceta de Madrid. 1900; 31. Disponible en <http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE/1900/031/A00364-00364.pdf> 

2. Dirección general de Sanidad. Cuestionario sobre cumplimiento de la ley de 30 de Enero del corriente año sobre extinción del paludismo, á que se refiere la orden circular de este Centro de 29 del actual. Gaceta de Madrid. 1990; 90. Disponible en <http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE/1900/090/A01174-01174.pdf> 

3. El citado cuestionario aparece publicado en un artículo del Diario de Cádiz, del martes 3 de abril de 1900, en la página cuarta.

4. Fuejo (1943). Memoria presentada por el jefe provincial de sanidad, Doctor Fuejo, de la asamblea para tratar de la lucha antipalúdica, convocada por el excmo. Sr. Gobernador Civil de Cádiz y celebrada en el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, el día 15 de abril de 1943. Cádiz: Jefatura Provincial de Sanidad.

5. Molanes, P., Sáinz, A., Herrera, F. (2011). Apunte biográfico sobre el médico José María de Puelles y Centeno (1853-1927). Actas del XV Congreso de la Sociedad Española de Historia de la Medicina; 2011 junio, 15-17. Ciudad Real: Sociedad Española de Historia de la Medicina.

6. De Puelles, M. (1863). Historia de la Familia de los Puelles (Inédito). Disponible en <http://www.jpuelleslopez.com/GenPuellesC.htm#genc> 

7. Archivo Parroquial de la Iglesia de San Jorge (Alcalá de los Gazules). Libro de Bautismos nº 3. Folio 234.

8. Archivo de la secretaría de la Facultad de Medicina de Cádiz. Legajo XCIV, expediente 10.

9. De Puelles, J.M. (1908). Como le quieran llamar. Colección de artículos, discursos y consejos. Cádiz: Imprenta Manuel Álvarez, 409-429.

10. De Puelles, J.M., Espinosa, M. Memoria sobre el estado antipalúdico de Alcalá de los Gazules (manuscrito). Archivo Municipal de Alcalá de los Gazules. Legajo 426. Pag.1.

11. Grassi, G.B. (1900). Studi d´uno zoólogo sulla malaria. Roma: V. Salviucci.

12. Pittaluga, G. (1903) Investigaciones y estudios sobre el paludismo en España. Barcelona: Tipografía la Académica.

13. Real orden designando una Comisión especial, encargada del saneamiento de todas las regiones palúdicas de España, disponiendo comience inmediatamente sus trabajos por la provincia de Cáceres. Gaceta de Madrid. 1920; 237. Disponible en: <http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE/1920/237/A00740-00740.pdf> 

14. Rodríguez, E., Ballester, R. (2003). Paludismo, medicina científica y sociedad. En: Rodríguez, E., Ballester, R., Perdiguero, E., Medina, R.M., Molero, J. La acción medico-social contra el paludismo en la España metropolitana y colonial del siglo XX. Madrid: CSIC, 19-37. Esta obra es fundamental para entender la lucha antipalúdica en España en el siglo XX.

15. Reales Decretos de 14 de junio y de 13 de diciembre de 1924.

16. Real decreto aprobando el Reglamento que se inserta de Sanidad Provincial. Artículo 26 del Capítulo III del Reglamento de Sanidad Provincial. Gaceta de Madrid. 1925; 297. Disponible en http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE/1925/297/A00428-00433.pdf

17. Rodrigo, L. (1910). La lucha contra el paludismo. Quinización y petrolización. Diario Médico; I; 1910: 13-15.

18. Herrera, F. (2007). La obra sanitaria de Leonardo Rodrigo Lavín (1867-1950). Cádiz: Diputación de Cádiz, 58. Esta monografía permite abordar la labor de Rodrigo Lavín como Inspector Provincial de Sanidad.

19. La petrolización pretendía, mediante la adición de derivados del petróleo a las aguas estancadas el exterminio de la fase larvaria del mosquito, vector responsable de la transmisión del paludismo.

20. Se abrió el 1 de enero de 1931 con la colaboración del ayuntamiento, como consecuencia de las inundaciones de junio de 1930, que desencadenaron un brote palúdico. (Rodríguez, 2003).

21. Rodríguez, E., Ballester, R. (2003). Op. Cit.: 146,151,163-164.

22. En este expediente el Alcalde de la Gestora Municipal ordenaba al director del dispensario D. Manuel Armenta Guillén la reinstalación del Dispensario Antipalúdico en los bajos de la Casa Consistorial, al haber sido trasladado a la planta baja del nº 7 de la calle Primo de Rivera.

23. Archivo Municipal de Alcalá de los Gazules. Legajo 426. Expediente incoado en virtud del acuerdo del ayuntamiento ordenando que el dispensario anti-palúdico vuelva a instalarse en el local de la planta baja de la casa consistorial en que siempre estuvo.

24. Buen, S. (1923). El paludismo en el campo. Madrid: Calpe.

25. Buen, S. (1925). Consideraciones Generales. En: Buen, S. Memoria de la campaña contra el paludismo (1923-1924). Madrid: Ministerio de la Gobernación, 5-15.

26. Pascua, M. (1928). Algunas notas sobre el paludismo en España. En: Pascua, M. Memoria de la campaña contra el paludismo (1925-1927). Madrid: Ministerio de la Gobernación, 442-520.

27. Bernabeu, J. (2000). La utopía reformadora de la segunda república: La labor de Marcelino Pascua al frente de la Dirección General de Sanidad, 1931-1933. Revista Española de Salud Pública. 74:1-13.

28. Rodríguez, E., Ballester, R. (2003). Op. Cit.: 168-182.


viernes, 11 de septiembre de 2015

Alcalá en el Catastro del Marqués de la Ensenada (y IV)





30. SI HAY HOSPITALES, DE QUÉ CALIDAD, QUÉ RENTA TIENEN Y DE QUÉ SE MANTIENEN.

30 Que unicamte ay un Hospital nombrado la Misericordia destinado a la curación de Hombres, cuya renta consiste en un mil quatrocientos y noventa reales y Veinte y dos mrs como resulta de su relazon.

A la derecha, el Hospital de la Misericordia

31. SI HAY ALGÚN CAMBISTA, MERCADER DE POR MAYOR O QUIEN BENEFICIE SU CAUDAL POR MANO DE CORREDOR U OTRA PERSONA, CON LUCRO E INTERÉS; Y QUÉ UTILIDAD SE CONSIDERA EL PUEDE RESULTAR A CADA UNO AL AÑO.

31 Que no ay cosa alguna de la Pregunta.

32. SI EN EL PUEBLO HAY ALGÚN TENDERO DE PAÑOS, ROPAS DE ORO, PLATA Y SEDA, LIENZOS, ESPECERÍA U OTRAS MERCADURÍAS, MÉDICOS, CIRUJANOS, BOTICARIOS, ESCRIBANOS, ARRIEROS, ETC. Y QUÉ GANANCIA SE REGULA PUEDE TENER CADA UNO AL AÑO.

32 Que ay varios particulares de los que comprehende este Articulo y de cada uno entregan relación en que consta por menor los individuos y Utilidades anuales que se les regula y el total de dada clase se expresa en la forma sigte.(siguiente)

Un Correxor de Alcaldes, seis rexidores, el Alguacil mayor, su teniente, Mayordomo de Propios, dos Ministros, un Guarda de Montes, fiel de carnecería, correo ordinario. Otros dos Guardas, tesorero de los efectos que corren en calidad de Propios, Alguacil mayor de Alcavalas, Pregonero. Utilizan doce mil treinta reales de Vellon.

Dos Agentes utilizan mil y quatrocientos reales.

Diez taberneros Utilizan nueve mil ochocientos sinquenta y sinco reales.

Diez y seis sujetos con tiendas de comestibles lucran Veinte mil setenta y sinco reales.

Seis Mercaderes de Lienzos y Paños ganan diez y siete mil quinientos y Veinte reales.

Sinco de Generos de Merceria Utilizan sinco mil quartrocientos setenta y sinco.

Dos Medicos adquieren seis mil y seiscientos reales.

Dos cirujanos: se les considera de Utilidad dos mil nuevecientos Veinte.

Un boticario gana quatro mil trescientos y ochenta reales.


Treinta y quatro Harrieros logran de Veneficio sesenta y quatro mil doscientos y quarenta reales.

Un Mercante de Ganado, dos mil y doscientos reales.

Diez dependientes de rentas Provinciales, tienen de asignación Veinte y dos mil setecientos y diez reales.

Quatro dependientes de la renta del tabaco y uno de la de Sal, tienn de señalamto once mil quatrocientos setenta y quatro reales.

Un Maestro de primeras Lets se le ha regulado de ganancia sietecientos Veinte reales.

Treze capatazes, adquieren seis mil ochocientos setenta y Un reales.

Catorce sujetos que lo están bajo del nombre de sacristanes y sus anexos, consiguen de Utilidad sinco mil quinientos setenta y sinco reales. 

Quatro administradores de rentas y estados Utilizan nueve mil ciento sinquenta y sinco Reales.
Un Mesonero lucra mil y cien reales.

Dos Escrivanos adquieren doce mil y cien reales.

Un Arrendador del voto de Santiago,a banza doscientos y sinquenta.

Y aunque ay algunos arrendadores de Molinos, sus arriendos y lucros van inclusos en el total del articulo diez y siete.


33. QUÉ OCUPACIONES DE ARTES MECÁNICOS HAY EN EL PUEBLO, CON DISTINCIÓN, COMO ALBAÑILES, CANTEROS, ALBÉITARES, HERREROS, SOGUEROS, ZAPATEROS, SASTRES, PELAIRES, TEJEDORES, SOMBREREROS, MANGUITEROS Y GUANTEROS, ETC.; EXPLICANDO EN CADA OFICIO DE LOS QUE HUBIERE, EL NÚMERO QUE HAYA DE MAESTROS OFICIALES Y APRENDICES, Y QUÉ UTILIDAD LE PUEDE RESULTAR, TRABAJANDO MERAMENTE DE SU OFICIO, AL DÍA CADA UNO.

33 Que de las ocupaciones de Artes mecánicos, que ay en el Pueblo apromptan la rason conducente y en ella se contienen el numro de Maestros y Oficiales de cada clase con annotacion del Jornal que diariamte ganan y todo es en esta forma.

Quatro mros (maestros) Albañiles ganan a ocho reales y tres oficiales a quatro.

Tres maestros Albeytares adquieren los dos de ellos arrazon de quatro reales y medio y el otro a tres y un oficial a dos reales.

Un medidor de Granos gana sinco reales.

Seis mros Herreros consign de Utilidad a tres reales y seis oficiales a dos.

Diez y ocho mros zapateros de obra Prima ganan los diez y seis a quatro reales y los dos a ocho, diez oficiales a dos reales.

Dos mros zapateros Bacunos que Uno esta regulado, gana a seis reales, Otro a quatro y dos oficiales a dos.

Dos mrs curtidores cuyo travajo se satisface a el Uno con seis reales y a el otro con quatro.

Tres mros Texedores de Lana ganan a tres reales.

Un maestro sastre Utiliza quatro rs.
Quatro mros carpinteros de lo Blanco ganan los tres a tres reales y el Uno a quatro.

Otros quatro mros carpinteros de obra Gruesa, los tres travajan por dos reales y el otro por sinco.

Un cohetero gana a dos reales.

Un Ratero lucra quatro reales.

Un Alfaharero compensa su trabajo con sinco reales.

Un talabartero logra por su trabajo diario quatro reales.

Seis Molineros los quatro mros que ganan a quatro reales y los dos oficiales que Utilizan a tres.

Catorce mros Barveros los nueve ganan a tres reales, quatro a dos y Uno a quatro.

Dos tablaxeros el Uno gana quatro reales y medio y el otro dos.

34. SI HAY ENTRE LOS ARTISTAS ALGUNO, QUE TENIENDO CAUDAL, HAGA PREVENCIÓN DE MATERIALES CORRESPONDIENTES A SU PROPIO OFICIO O A OTROS, PARA VENDER A LOS DEMÁS, O HICIERE ALGÚN OTRO COMERCIO, O ENTRASE EN ARRENDAMIENTOS; EXPLICAR QUIENES, Y LA UTILIDAD QUE CONSIDEREN LE PUEDE QUEDAR AL AÑO A CADA UNO DE LOS QUE HUBIESE.

34 Que los Artistas que ademas de su trabajo personal tienen Utilid en sus tiendas por la prevención que hacen de materiales y lo que a cada uno corresponde, consta por menor con distinción de oficios en las listas que han presentado y se expresan a saber.

A dos mros texedores de Lana y Lino se les regula de Utilidad mil seiscientos y setenta y sinco reales.

A Seis mros Herreros se les conceptua de Lucro siete mil y trescientos reales.

Quatro mros zapateros de obra Prima, adquieren siete mil y noventa y sinco reales.

Dos mros zapateros Bacunos esta considerado Lucran dos mil ciento y noventa reales.

Un curtidor grangea dos mil rs.

Un cohetero avanza sietecientos y treinta reales.

Un Ratero dos mil ciento y novta.

Y un Alfaharero un mil novecientos y sinco.

35. QUÉ NÚMERO DE JORNALEROS HABRÁ EN EL PUEBLO Y A CÓMO SE PAGA EL JORNAL DIARIO A CADA UNO.

35 Que hacen juicio habrá hasta sietecientos y sinquenta Jornaleros y que su trabajo diario se compensa con dos reales de Vellon.

36. CUANTOS POBRES DE SOLEMNIDAD HABRÁ EN LA POBLACIÓN.

36 Que habrá doscientos Pobres de solemnidad.

37. SI HAY ALGUNOS INDIVIDUOS QUE TENGAN EMBARCACIONES, QUE NAVEGUEN EN LA MAR O RÍOS, SU PORTA, O PARA PESCAR; CUÁNTAS, A QUIEN PERTENECEN Y QUE UTILIDAD SE CONSIDERA DA CADA UNA A SU DUEÑO AL AÑO.

37 Que no ay cosa de lo que se pregunta.

38. CUÁNTOS CLÉRIGOS HAY EN EL PUEBLO.

38 Que ay hasta veinte y nueve clérigos.

39. SI HAY ALGUNOS CONVENTOS, DE QUÉ RELIGIONES Y SEXO, Y QUÉ NÚMERO DE CADA UNO.

398 Que unicamte ay tres comventos, Uno de Relijiosas de Sta Clara, cuia comunidad consiste en Veinte y siete.

Otro del orden de Predicadores que se compone de Veinte y dos Relijiosos.

Otro de Nº Pe Sn Franco de Paula su Vocacion de consolacion, consiste en doce Relijiosos.




40. SI EL REY TIENE EN EL TÉRMINO O PUEBLO ALGUNA FINCA O RENTA, QUE NO CORRESPONDA A LAS GENERALES NI A LAS PROVINCIALES, QUE DEBEN EXTINGUIRSE; CUÁLES SON, CÓMO SE ADMINISTRAN Y CUÁNTO PRODUCEN.

40 Que a el Rey Nro Sor pertenecen las terzias dezimales cuia administración corre a cargo del Sor Juez de esta diligencia, cuio rendimto queda explicado en respuesta del capitulo diez y seis.

Asimismo corresponde a S. M. el oficio de medidor de Granos y semillas el que admtra. Dn Diego Joseph de Zulueta Vezino de la Villa de Ossuna, y Juez del negociado de yncorporacion de Vienes enagenados de la Real Corona en virtud de Comission del Sor Dn Pedro Diaz de Mendoza del Consso de S. M. en el Real de Hacienda, cuia finca esta Vacante y Haviendo estado arrendado el año de sietecientos quarenta y nueve a Carlos Domingo Fidusa contribuyó Un mil y quinientos reales de Vellon.

En cuia forma se finalizó esta diligencia expresando todos que lo que han dho es la Verdad en cargo de su Juramto y son de edad de treinta y un años hasta sesenta y quatro; lo firmaron a excepción de algunos que dijeron no saber, por quien lo hizo un testigo y dho Sor lo firmó doy fee = Dn Diego Manzano y Ortega= Dn Fernando Cortegana y Cabrera= testigo=Juan Joseph Benitez= Diego de la Barreda=

Corresponde con las respuestas y documentos de su comprobación. Sevilla doze de Dize de mil setezientos cinquenta y cinco _._._._._

viernes, 4 de septiembre de 2015

El nombramiento de la Virgen de los Santos como Patrona de Alcalá



Extracto del libro "Apuntes para la Historia de la Hermandad de la Virgen de los Santos"

Ismael Almagro Montes de Oca

       El 29 de enero de 1877 llega el obispo Félix María Arriete y Llano para realizar visita pastoral procedente de Paterna, permaneciendo en Alcalá por lo menos tres meses, tiempo en el cual asiste a una nueva venida de la Virgen en rogativa de lluvias, dejando recogido el 25 de marzo en sus mandatos: 

       “La venida de Ntra Sra de los Santos a la Ciudad por la escasez ó falta de agua ha sido otro acto que no olvidaremos jamas porque parecía que nos habíamos trasladado a los tiempos de la España antigua según el enajenamiento i santo entusiasmo de que estaban animados los habitantes todos de Alcalá.” 

       Asimismo, se congratula de la veneración que recibe Nuestra Señora de los Santos, a pesar de los disturbios revolucionarios que se viven: 

      “…teniendo la grandísima satisfacción de encontrarnos, a pesar de los anteriores disturbios, con un pueblo lleno de fe en su mayor parte i de tierno amor a la Sma Virgen Maria a la que con el Titulo de los Santos, veneran e invocan todos sin escepcion como a su Patrona.” 

       Realiza además una visita al Santuario, donde comprueba el mal estado del altar de la Virgen, exhortando al capellán para que se restaure, lo que demuestra la inexistencia de la Hermandad:

      “6º Como hemos visto el retablo de la Iglesia de Mª Sma de los Santos tan despintado i deslucido, deseamos vivamente su restauración i al efecto facultamos al capellan de dicho Santuario para que eficazmente le lleve a cabo excitando una vez mas la piadosa afición de esta Ciudad a aquel Santuario i tambien para que de la plata vieja e inútil se hagan otros objetos de necesidad para el culto de la Señora.” (1)


       El obispo, hondamente impresionado por las muestras de fervor hacia la Virgen y la veneración que recibe, el 29 de abril decide enviar una carta desde Alcalá al Papa Pio IX solicitando sea proclamada como Patrona: 

      “Santísimo Padre:

       El Obispo de Cádiz, humildemente postrado a los pies de Vuestra Santidad, expone: Que en esta ciudad, cuya piedad se distingue entre los pueblos devotos, el Clero, el Ayuntamiento y todos los fieles, son movidos por la devoción a la virgen María con el título <<de los Santos>>, cuya preeminente ayuda han experimentado en los riesgos y aflicciones habitualmente, por la cual tienen, veneran y llaman por Patrona, siendo ferviente el deseo de que Vuestra Santidad se digne confirmar lo que ellos con filial afecto meramente proclamaron.

      Por tanto, el obispo que suscribe, con motivo de hallarse actualmente de visita en dicha ilustre ciudad, para gloria de Dios, honor y culto a la Madre de Dios y mayor aumento del bien espiritual de los fieles, suplica rendidamente que Vuestra Santidad, al mismo tiempo que la Apostólica Bendición, se digne conceder:

     Primero – Que la antedicha Virgen María con la advocación <<de los Santos>> sea y pueda ser celebrada como Patrona igualmente principal junto con el Patrón San Jorge de esta mencionada ciudad llamada Alcalá de los Gazules.

     Segundo – Que Vuestra Santidad también conceda benignamente indulgencia plenaria a todos los que, sean o no residentes en la ciudad, peregrinen al Santuario de la virgen, situado fuera de la población, por tiempo de una hora.

      De nuevo, Beatísimo Padre, el obispo que suscribe fervorosamente ruega que Vuestra Santidad se digne conceder lo que unánimemente esperamos.

      Entretanto, besa los pies de Vuestra Santidad fidelísimo servidor;

Fr. Félix María, Obispo de Cádiz y Algeciras. En la Ciudad llamada Alcalá de los Gazules, de la 

Diócesis Gaditana, a 29 de Abril del año del Señor de 1877.” (2)


       Pasados cuatro meses, el 3 de septiembre, el arcipreste Francisco de Paula Castro recibe notificación del Gobernador eclesiástico del Obispado anunciando la concesión por parte de Pio IX del Patronato de la Virgen y además 4 romerías al Santuario los días de San José, fiesta del Santísimo Corazón de María, de Nuestra señora del Rosario y el domingo siguiente al de la Inmaculada Concepción de María Santísima.

      Conviene aquí precisar que tradicionalmente se fecha la concesión del Patronato el día 5 de septiembre (3). sin embargo, esta fecha es incorrecta, puesto que es el día en que el arcipreste lo comunica al ayuntamiento alcalaíno, tal como se recoge en el acuerdo municipal de 27 de septiembre:

       “Dada cuenta de la comunicación del Sr. Arcipreste y Cura de la Iglesia de esta ciudad, del 5 del corriente, en la que se sirve participar la grata nueva que el Gobernador Eclesiástico del obispado dá del patronato de Nuestra Señora de los Santos de esta Ciudad…”

      En dicho acuerdo se inserta la carta enviada por el arcipreste al Ayuntamiento el día 5:

      “Arciprestazgo y curato de la Ciudad de Alcalá de los Gazules.- Tengo una satisfacción en participar a Vd. la grata nueva que el Gobernador Eclesiástico del obispado me comunica con fecha de anteayer, Del Patronato de Nuestra Señora de los Santos de esta Ciudad…”

       Rápidamente se organiza una nueva venida de la Virgen para celebrar el patronato, que debe producirse con posterioridad al comunicado del arcipreste. La Virgen estará en la población al menos hasta el 27 de septiembre, fecha en que el cabildo municipal acuerda: “…se le den las debidas gracias a la Diputación que ha tenido a su cargo la dirección de las Funciones Religiosas que con tal motivo se han celebrado desde el dia en que fue trasladada procesionalmente desde su Santuario a esta Parroquia la Santísima Virgen de los Santos y que se atienda por el Caudal de estos Propios y del Capitulo 7º, artículo 3º del presupuesto a los gastos que ha de ocasionar su regreso al mismo y limosna a los pobres con doscientas veinticinco pesetas.”

       Este nombramiento no hace sino darle carácter oficial al sentimiento unánime pues las referencias a la Virgen de los Santos como patrona de Alcalá anteriores a este nombramiento son constantes y así lo hemos visto en 1675 en el contrato de las andas, en 1753 y 1755 en actas del ayuntamiento solicitando su nombramiento como copatrona, en actas de la cofradía del Nazareno en 1866 y en las novenas conservadas de 1786 y 1852.

        Hemos podido localizar en el archivo Secreto Vaticano el expediente con la concesión de estas Indulgencias por parte de Pio IX, cuyo texto en latín viene a decir:

“Para perpetua memoria 

Concedemos indulgencia plenaria a los que visiten la iglesia en la cual está expuesta para veneración publica de los fieles, la imagen de la Bendita Virgen María con el título de todos los Santos, en este lugar que tiene como nombre Alcalá de los Gazules en la diócesis gaditana, en la dominica infraoctava de la natividad de la Virgen, desde principios del día

Por contra, a cualesquiera que sean. Por las presentes perpetuas palabras. Háganse valer.

Dado SP 18 mayo 77. a 31

Se concede indulgencia plenaria, incluso a los difuntos por siempre.

Por especial mandato de Su Santidad” (4)




       Si estas indulgencias son el 2º punto de la petición del obispo y llevan la fecha del 18 de mayo, es muy probable que el nombramiento como Patrona (punto 1º de la petición) se produjera este mismo día o incluso con anterioridad.

       Con respecto al obispo Arriete cabe añadir que, estando en Puerto Real, recibe la visita de una numerosa comitiva de alcalaínos el 12 de diciembre, quienes piden al prelado que no renuncie a la mitra, a la vez que le recuerdan una promesa que el obispo les hizo en su visita pastoral “promesa que constituye para Alcalá una aspiración nobilísima y si se realiza un placer y honra inacabable”. (5) Desconocemos cuál fue la promesa del obispo, pero ¿pudo ser tal vez el inicio de los trámites para solicitar la coronación canónica de la Virgen de los Santos? En la misma visita el obispo confirma a la comitiva “que en breve vendrá al santuario de los Santos una temporada para descansar en la soledad y el recogimiento de sus largas y penosas pastorales visitas.”



NOTAS

(1) Libro 3º de Visitas. Archivo Parroquial de Alcalá. Mandatos del obispo Fr. Félix María Arriete y Llano el 25 de marzo de 1877, pág. 69-72 

(2) Archivo Histórico Diocesano. Libro de Copias de Comunicaciones oficiales de Salida para el Gobierno y la Nunciatura 1868-1898, folios 106 y 106 vuelto. Datos recogidos por TOSCANO DE PUELLES, FERNANDO en “La Patrona Coronada”, Revista de Apuntes Históricos y de nuestro patrimonio 1994.

(3) RAMOS ROMERO, MARCOS; “Alcalá de los Gazules”. 1983. Diputación Provincial de Cádiz, págs. 387. 

(4) Archivo Secreto Vaticano. Sec. Indulg. Perpetuae 227 (fascicolo inserito). Nuestro agradecimiento a José Gutiérrez Domínguez por la traducción del documento original en latín y a Carmen Arias Guerrero por la traducción del documento en italiano contenido en el expediente. 

(5) Carta publicada por Isidro Puelles en la página 1 de la edición del miércoles 19 de diciembre de 1877 del periódico “El comercio” Año XXXV Número 12406