viernes, 29 de agosto de 2014

Exorno del coro parroquial: los patrocinadores (III)



VICISITUDES DE LA OBRA

       Hubo de corresponder al Beneficiado don Diego Muñoz de Medina darnos un testimonio privilegiado de los pasos sobrevenidos en esta reforma práctica y artística del coro. Como sobrino y albacea de don Bartolomé, hubo de identificarse con la idea y proyecto de éste; como hermano y heredero de don Cristóbal, vivió de cerca las vicisitudes de las obras. A todo lo cual debe añadirse, como saturación, su empleo de Beneficiado, que le daba inmediata noticia y responsabilidad de cada circunstancia.

      Nada tiene de extraño, por consiguiente, que le fuera fácil y casi inevitable, en su testamento final de 24 de febrero de 1772, dejar constancia al respecto de los extremos básicos del hecho, que cobran, como decimos, un alto contenido testimonial.

     El dispuso asimismo la propia sepultura en el panteón de los sacerdotes existente en la Iglesia Mayor; acompañarían su entierro doce pobres con hachas encendidas, la Comunidad de Religiosos Mínimos de San Francisco de Paula y los guiones de todas las Cofradías. Manda que “se dé aviso al Hermano Obediencia de la Santa Escuela de Cristo, de la que he sido hermano muchos años y Obediencia muchas veces”. Este párrafo—si no hubiera otras pruebas— revela que don Diego fue hombre de acendrada virtud, pues la obra piadosa de la Escuela de Cristo siempre acogió almas verdaderamente religiosas, abnegadas y espirituales.

      Encarga también numerosas Misas por su alma, siendo curioso que, acerca de las que se han de celebrar por fas Comunidades de nuestros dos Conventos de frailes —los Mínimos de la Victoria y los Dominicos—, expresa que deben encargase mayor número de sufragios a los primeros, “atendiendo a la pobreza del Convento”. Manda se haga rendimiento de cuentas al Cabildo eclesiástico de Cádiz por las Rentas Decimales, sin duda por llevar entonces la administración de ellas en Alcalá, e igualmente que se aporten donde proceda “los testimonios de lobos que se matan en este término”, porque también estaba encargado de abonar los premios que se daban a los cazadores de aquella especie entonces especialmente dañina y abundante. Don Diego funda en la Iglesia Mayor un fideicomiso familiar y aniversario de Misas, si lo consienten los Beneficiados. Hay porciones de su herencia para otros hermanos y familiares que le quedaban. Pero lo más valioso en este testamento es un largo texto dedicado a las obras del coro, que ya lucia en todo su esplendor, según el deseo de su tío don Bartolomé y conforme lo había dirigido la celosa actividad y fiel eficacia de su hermano don Cristóbal. Transcribimos buena parte de esta notable declaración, cifra y resumen del asunto:

“Ytt. Declaro que mi hermano Don Christóval Muñoz fue albacea testamentario con Don Bartolomé Muñoz mi tío, de Don Juan Aparicio de Cárdenas y de Doña Marina de Montes y Vargas su madre, cuyo testamento de la dicha Doña Marina al mes de su fallecimiento tenia cumplido dicho Don Juan Aparicio de Cárdenas por lo respectivo a el funeral y misas, mas no en otras cláusulas que dexavan madre e hijo que havian otorgádolo de mancomún, pues por dicho testamento consta que vendidas las casas que tenían, y las reses bacunas, del residuo se hiciese el caudal tres partes, mitad para misas por sus almas e intención, y la otra mitad se dividiese en dos partes, una de ellas se repartiese entre parientes pobres de las líneas, de los Montes y Muñozes, y la otra quanta parte la aplicasen sus albaceas a una alaxa que fuese de su voluntad para la Iglesia Mayor de esta Villa. Empezaron dichos albaceas a practicar diligencias, vendieron varias casas, y el ganado vacuno, y determinaron para la Iglesia Mayor hacer un Coro, como en efecto lo principiaron a ejecutar, y repartieron ocho mil reales de vellón entre los parientes de ambas lineas, y mandaron decir las Misas que tuvieron por conveniente, según la razón que puedo yo dar. Sobrevivió mi tío don Bartolomé a los referidos Don Juan y su madre hasta el día veinte y ocho de Agosto de mil setecientos y quarenta, y dejó una memoria escrita de su puño en fa que constaba nos daba poder a Don Christoval Muñoz mi hermano, y a mí para que con amplias facultades hisiésemos y otorgásemos su testamento final arreglándonos a dicha memoria, mas siempre con amplitud para que pudiésemos alterar de las cláusulas que contenía la memoria aumentando o disminuyendo lo que de ellas tuviésemos por conveniente por la grande satisfacción que tenía de nosotros”.

Sillería del coro

PROSIGUEN Y ACABAN LAS NOTICIAS

       Con estas circunstancias —sigue don Diego Muñoz— “fui yo albacea con mi hermano de dicha testamenaria: Seguimos con la obra del Coro hasta perfeccionarlo: hizo mi hermano varios viajes a Cádiz a comprar maderas para la construcción de dicho Choro según la urgencia lo pedía, sin perdonar gasto ni diligencia alguna: Descubriase en frente de la Hermita de Ntra. Sra. de los Santos una pedrera, de la cual se sacaron las piedras de los postigos y demás cantería que se necesitó dentro del choro y en sus extremidades: mas como esta pedrera no estaba seguida, ocultaban los cantos en su centro muchos pelos de donde se originaron quiebras y gastos muy crecidos, quizá más de la mitad de los que se habían regulado: hízose el escalón de la Capilla de las Animas y se soló de losas: se hizo el frontal que hoy está en el Altar y Capilla del Santísimo Christo de la Viga para cumplir con una limosnita que el difunto Don Bartholomé dejaba en el caso de que sobrase alguna cosa después de cumplido su testamento”.

       El Beneficiado don Diego añade taxativamente que él, en esa testamentaría, no tuvo acción alguna, pues toda la gestión fue de su hermano don Cristóbal. Que a éste le salieron émulos que recurrieron al Provisor del Obispado - la contradicción de todas las cosas humanas-, por lo que el susodicho Cristóbal también hubo de estar un tiempo en Cádiz para dar razón de los reparos, estancias que se pagó de sus bienes particulares. Como parece obvio, resplandecería su verdad y altruismo en unas obras y tareas siempre “actuadas de buena fe”.

       Merece recogerse también de este testamento la referencia de unas sepulturas de familia en la Iglesia de San Jorge “que están a los pies del asiento del corregidor”; las destina a las líneas de su hermano don Francisco y su sobrino, Don Fernando, pero “si llegare el caso de que se haga panteón y la iglesia se suele de firme, y que cada sugeto que tenga sepultura propia haia de contribuir alguna cosa, para que le sea señalado su cañón, mando que de mis bienes se dé la parte que se asigne, para que las dos descendencias de dichos mi hermano y sobrino, tengan en el futuro sus sepulturas, o cañones propios”. Cerrando esta prolongada serie de esfuerzo y generosidad, don Diego manda a su vez otras personales, alhajas y enseres a la bien amada Iglesia Mayor.

      Si: adhesión a su templo de San Jorge hasta el fin de la vida propia y más allá, si es posible, de la vida y la muerte de los suyos. Cierta melancolía puede embargarnos, tanto tiempo después, conociendo lo distinto y transformado de estas previsiones. Pero no todo pasa. Porque sus obras, para estos grandes benefactores de una fe y de un pueblo, le renuevan la oración, el recuerdo y la gratitud de la que perpetuamente reza: «Requiem aeternam dona eis, Domine».

Parte trasera del coro
(foto: Óscar Torres)

viernes, 22 de agosto de 2014

La subasta de los Cuartos para la Romería


Ismael Almagro Montes de Oca


       Todos los años, el domingo anterior al de la Romería de la Virgen de los Santos, se celebra en el patio de la Iglesia de la Victoria la subasta de los cuartos del Santuario, que los hermanos y devotos usarán para pasar las jornadas del día de Romería, el 12 de septiembre y el día de la Octava.

      El uso de las habitaciones del Santuario como hospedería se remonta con casi total seguridad a 1854, fecha en que fue descubierto un manantial de aguas sulfurosas en los Tallones, cerca de la ermita, tal como deja reseñado Sánchez del Arco en su Monografía sobre Alcalá: 

      “Este manantial fue denunciado en 1854 y a el acuden gran número de enfermos, los cuales se hospedan en la ermita de Nuestra Señora de los Santos y en el cortijo de Tablada” (1)

       A este respecto vino a poner orden el obispo Félix María Arriete y Llanos en su visita pastoral agosto de 1869, tras una denuncia hecha por algunos fieles:

      “en la visita que hicimos en el Santuario de Maria Sma. de los Santos, tuvimos ocasión de observar algunos abusos i aun después hemos sabido otros por relación de personas probas y verdaderamente devotas de la Sma Virgen interesadas en el esplendor del Culto de la Sra. queremos por lo mismo que Nuestro Arcipreste cele para que en ningun tiempo la casa de la Virgen se convierta en Cortijo, ni café, ni sea una especie de casa de alquiler, sino que se lleve a cabo lo que tenemos comunicado al Mayordomo de dicho Santuario en oficio que especialmente se le pasó con este fin.” (2)

     
        Con la refundación de la Hermandad de la Virgen en 1910, su Junta de Gobierno, con el Arcipreste Martínez Machado al frente, se ocupan de legislar sobre el uso de las dependencias, no solo durante la romería, sino durante todo el año y así, en los Estatutos de dicho año, en el artículo 8º, entre las funciones del Mayordomo, encontramos lo siguiente:

      “A mas del libro de cuentas y talonario, llevará un cuaderno en el que se expresen las personas que pasen temporada en el Santuario, fecha de ingreso y salida, y habitaciones que ocuparen; cuidando que la limosna que hayan de dar, la depositen en el cepillo del Santuario.

      Distribuirá de acuerdo con el Sr. Arcipreste y con motivo de las expresadas fiestas, las habitaciones disponibles del Santuario entre las personas que lo soliciten con la anticipación debida; debiendo ser preferidas siempre, las que contribuyen anualmente con sus limosnas para el culto de Nuestra Patrona.

      Velará porque en ninguna época del año, pasen temporada en la hospedería, personas de dudosa moralidad.

En los mismos Estatutos también se recogen instrucciones al Santero con respecto al uso de las dependencias:

“El santero tendrá siempre en su poder las llaves de dos habitaciones; una por si llega alguna familia a hospedarse en el Santuario sin previo aviso; en tanto no da cuenta de ello al Sr. mayordomo; y la otra habitación fuera de la cancela, para dar albergue a cualquier transeúnte desconocido.”

      Esta costumbre se irá afianzando durante toda la primera mitad del siglo XX, especialmente el uso de los cuartos en la romería, siendo tan grande la demanda que, tras la reorganización de la Hermandad en 1948, en los nuevos Estatutos aprobados por el obispo el 14 de diciembre de 1949 se detalla todo el proceso que se ha de seguir para conseguir uno. 

      En el capítulo XII, titulado “De la festividad y cultos de la Patrona”, en el punto segundo del artículo 33 se especifica cómo se ha de proceder en la subasta de los cuartos, proceso que difieren ligeramente de la forma actual, ya que, a diferencia de en la actualidad, no se pujaba por cada cuarto, sino que los mismos se iban asignando en función de la cuantía con que cada postor pujaba: 

      “Siendo el número de Hermanos muy numeroso y el de habitaciones a ocupar pequeño con relación a los primeros, para evitar preferencias la distribución de dichas habitaciones se hará de la manera siguiente:

     Aquellas personas que deseen ocuparlas el día del Jubileo y Octava, sean o no hermanos, presentarán el primer domingo de Septiembre en sobre cerrado en el patio de la Victoria, ante la mesa que a tal fin se constituirá a las doce y treinta y terminará las admisiones a las trece y treinta (en que se procederá a la apertura de pliegos y adjudicaciones de habitaciones), sus solicitudes en las que forzosamente han de constar nombres y apellidos del peticionario y cantidad de limosna con que ha de contribuir por su ocupación.

      Una vez abiertos los sobres escogerá cuarto o habitación el solicitante que haya ofrecido limosna de mayor cuantía y así sucesivamente irán eligiendo los interesados de mayor a menor los números que vayan quedando vacante y en caso de resultar dos o más ofrecimientos con la misma limosna se sorteará entre ellos designando habitación primeramente el que resulte agraciado y se seguirá el orden de la suerte.”


      Otra de las diferencias con respecto a la actualidad consistía en que los conocidos como “cuartos traseros” es decir, los que están fuera del patio central y junto a la puerta por donde sale la Patrona en la Romería, no entraban en la puja sino que se sorteaban gratuitamente:

       “Los cuartos que se encuentran en la parte exterior del Santuario, junto a la puerta de la Iglesia, y que dan vista al olivar pueden ser solicitados por miembros que pertenezcan a la Hermandad sin que por ello tengan que contribuir con limosna alguna, procediéndose a su adjudicación por sorteo entre los peticionarios.”

        He aquí el origen de la subasta de los cuartos para la Romería, que, como hemos visto, supera el medio siglo de historia, aunque desconocemos si con anterioridad ya se seguía el mismo procedimiento.

      Para finalizar, veamos algunas normas recogidas en los citados Estatutos de 1949 sobre el régimen interior del Santuario, relativas al uso de los cuartos:

      “Art. 48.- Todos los hermanos tendrán derecho cuando así lo deseen a pasar temporada en el Santuario para lo cual solicitarán del Mayordomo la habitación, el que dará orden al Santero para que le entregue la que le haya asignado.

      Art. 49.- Cualquier individuo amante de la Virgen y devoto tendrá también derecho a pasar temporada en el Santuario en las mismas condiciones que los hermanos, pero mediante la entrega de una limosna cuya cuantía fijará el Sr. Mayordomo en atención al tiempo y cuarto que ocupe.

      Art. 50.- Los ocupantes de los cuartos habrán de dejarlos libres y limpios durante todo el mes de Septiembre y tres días antes de la peregrinación del mes de Mayo para lo cual se le avisará con la debida anticipación. El Sr. Mayordomo llevará un libro de entrada y salida de ocupantes de cuartos o habitaciones, en el que consignará las limosnas que por este medio se obtengan.

      Art. 51.- Los ocupantes por temporadas de cuartos tienen que presentar certificado de no padecer enfermedad infecto-contagiosa reservándose la Hermandad el derecho de que un médico lo compruebe; al mismo tiempo los cuartos habrán de tenerlos sus ocupantes en perfectas condiciones de aseo y conservación.”


NOTAS

(1) ALMAGRO MONTES DE OCA. Gabriel: “Alcalá de los Gazules en el Fondo documental Sánchez del Arco”. 2001, pág. 58.

(2) Archivo Parroquial de Alcalá. Libro 3º de Visitas.

viernes, 15 de agosto de 2014

Pinceladas de Historia: Sobre el molino de San Antonio



Ismael Almagro Montes de Oca


       En la silueta de Alcalá destaca una estructura aislada, fuera del conjunto arquitectónico. Me refiero al antiguo molino de viento que preside la entrada por el Puerto Levante. 

      Apenas se conocen datos sobre este molino. Se desconoce cuándo se construyó o cuándo dejó de utilizarse. Sin embargo, he encontrado una noticia indirecta sobre el mismo en la que se menciona su existencia hace 212 años. Se trata de una petición que hace un vecino al Ayuntamiento solicitando se le conceda un terreno para hacer un huerto a la espalda de la Mancebía, donde hoy está la calle Santa María de España:

       “Asimismo se vio otro Memorial de Domingo Cid Moran de esta vecindad, solicitando que este Cuerpo le conceda la competente Licencia y permiso para formar un Huerto de Arboleda pa el abasto común en el sitio del muladar de los Gitanos de esta villa; Que reconocido por los caballeros Diputados de campo e informado que no se sigue perjuicio en que se le conceda solamte el terreno que comprehende el sitio que se halla a la espalda de la Mancebia , principiando desde la Yzquierda del Muladar de los Gitanos la vereda de los Yesos avaxo (dexando esta libre para el transito) hasta unas Piedras grandes que miran al molino del viento, subiendo a lo alto de la Mancebia, siguiendo por detrás de esta hasta el Muladar donde principio; En su consecuencia se acordó por el cavdo. acceder a la solicitud concediéndole el expresado terreno según va demarcado por los Caballeros Diput. y con tal que nos e verifique perjuicio a tercero dándosele testimonio de este acuerdo si lo pidiese qe le sirva de titulo de propiedad” (1)


      Pasados dos siglos, ahí sigue inerte, recuerdo de un tiempo pasado, como permanente vigía de Alcalá. 


NOTAS

(1) Archivo Municipal. Legajo 27, Folios 42 vto. y 43. Cabildo de 5 de mayo de 1802

Antigua fotografía del molino sin construcciones alrededor

viernes, 8 de agosto de 2014

Exorno del coro parroquial: los patrocinadores (II)




OTROS SE INCORPORAN CON SUS BIENES

      Como no podía ser menos, las relaciones entre los Beneficiados y sus familias eran muy estrechas. Nuestro citado don Bartolomé tuvo íntima amistad y confianza con su compañero de Cuerpo beneficial don Juan de Cárdenas y Montes, hijo de don Alonso de Cárdenas y Montes y de doña Mariana de Vargas Machuca. El Beneficiado Cárdenas a veces es llamado Juan de Montes y Juan Aparicio de Vargas. Conviene advertir que en esta época, igual que no estaba fijada la ortografía de la lengua, todavía continuaba la elección de los propios apellidos y su orden con gran libertad, si bien tomados por lo común de los antepasados próximos y más significativos de la parentela. Nada digamos de la frecuencia, sobre todo entre las mujeres, con que simultaneaban indistintamente dos nombres propios.

      Es el caso que en 26 de enero de 1732 se otorgan un testamento mancomunado la nombrada doña Marina -viuda de dos matrimonios- y don Juan de Cárdenas, su único hijo sobreviviente (del primer esposo) y prebendado de la Iglesia local. Como son de Alcalá y vinculados por sus circunstancias y devoción a la vida y culto parroquiales, en dicho testamento afloran las referencias al templo de San Jorge, donde ordenan ser enterrados: ella, en sepultura que allí posee, y él, entre los demás Beneficiados y sacerdotes “sus hermanos”, según la hermosa fórmula consuetudinaria. En la relación de sus tareas y pertenencias -en cuantía más que regulares- fácilmente advertimos en el clérigo don Juan un espíritu instruido y un hombre de capacidad para la administración de bienes. Sólo porque tocan a aspectos piadosos e intelectuales, reproducimos algún fragmento curioso de esta disposición final:

“(..,) es nuestra voluntad se dé por vía de legado y en la mejor forma que podernos a la fábrica del señor San Jeorgue desta villa el cáliz, patena y cucharita de oro que llevarnos declarado tener por nuestros bienes, con más todos los purificadores, yjuelas y corporales que están en nuestro poder”.

“(...) un breviario de dos cuerpos de a media cámara nuevo y otros más usados de quatro cuerpos a quartilla y tres diurnos y una biblia y concordancias nuevas, tres cuerpos de libros nuevos del mejor Jusman (El Guzmán, un divulgado sermonario) predicables y asimismo otros muchos libros moralistas historiales y latinos todos los quales es mi voluntad los hayan y perciban por su justo precio mis hermanos los señores Beneficiados y demás sacerdotes de dicha Iglesia Mayor y su importe de los que cada uno llevase me lo digan de Misas por mi alma a razón de tres reales cada una”.

       Se nombran mutuos herederos, la madre al hijo y el hijo a la madre.

Detalle de una de las puertas del coro

      Pero ya tocamos a nuestro asunto, porque también se nombran albaceas mutuos en primer lugar, y en segundo lugar designan a don Bartolomé Muñoz, a don Cristóbal Muñoz, Beneficiados y Curas, y a don Alonso Vicente Pérez, igualmente Beneficiado.

      Que estos nombramientos estaban orientados en función del destino final de buena porción de los bienes hacia la Fábrica parroquial, se expresa taxativamente en lo establecido respecto a ellos al fallecer el último de los dos otorgantes. Entonces, la mitad de la fortuna se aplicarán a sufragios por sus almas, y de la otra mitad de bienes se harán a su vez otras dos partes; de éstas, con la primera “compren para dicha Fabrica del señor San Georgue de esta villa una alaja de plata o de aquello que más necesitare dicha fábrica para el culto divino de dicha Iglesia Mayor; y la otra mitad dichos nuestros Albaceas repartan por su propia mano a los pobre más llegados de nuestra generación”.

      Don Bartolomé Muñoz, pues, encontraría en ese legado un importante apoyo económico a sus planes, acaso hasta entonces no divulgados plenamente por insuficiencia de los recursos propios. Y dicha manda fue realmente efectiva, siendo aquellos albaceas Muñoz sobrevivientes a la madre y al hijo, tocándoles ejecutar el testamento. Cierto que en el instrumento público no se habla con propias palabras de la obra del Coro, pero se desprende una indudable vinculación con dicho proyecto -sin duda, dado a conocer a los testadores por don Bartolomé-, primeramente por la identidad de los albaceas y luego por la referencia a aquello que más necesitare la Fábrica de la Iglesia Mayor para el culto divino.

FECHAS LÍMITES DE LAS NUEVAS OBRAS

      El 25 de febrero de 1739 don Bartolomé Muñoz otorga otro poder testamentario, manteniendo de albacea a su sobrino don Cristóbal, quien, además de los restantes empleos, es mencionado como Vicario Sinodal de las Iglesias de esta Villa y Comisario del Santo Oficio de la Inquisición. Pero a este albacea se le añaden con igual misión otros dos sobrinos de don Bartolomé: el también Beneficiado don Diego Muñoz y el laico don Luis Narciso Muñoz, vecino igualmente de Alcalá. Ahora don Bartolomé vuelve a nombrar a su alma por heredera de sus bienes, pero esta aplicación ha de hacerse una vez pagado lo que dispone en las instrucciones al albaceazgo que deja señaladas en Memoria escrita.

      En esta disposición ante Escribano público hay otros puntos de interés sobre su enterramiento en la Iglesia de San Jorge. Confirma su entierro “en la bóveda, sitio y lugar en donde se dá sepultura a los demás sacerdotes sus hermanos. Y si sucediere el que dicha bóveda no se pueda abrir, se dé sepultura a su cuerpo en la capilla de el Santo Christo de la Viga, o en la capilla que nuevamente se ha labrado de las Benditas Ánimas”. Según se ve de este texto, tenemos fecha bien aproximada de la apertura o restauración de esta última capilla, en su emplazamiento y advocación actual.

      Falleció el benemérito don Bartolomé Muñoz bajo esta última disposición, en Alcalá, pero ya ese año de 1739, al menos, había comenzado la ansiada obra del Coro. Es decir que aunque lo sepamos por documento que se publicó posteriormente don Bartolomé descubrió sus planes a todos e incluso inició realmente las obras antes de su fallecimiento. En efecto, cuando Los apoderados ya conocidos otorgaron el testamento de aquél — conforme a la práctica legal—, en 1 de noviembre de 1740, es recordada la Memoria que dejó escrita, donde dispuso ciertas limosnas una vez estuviesen abonados los sufragios, y que “con lo que quedase primero y ante todas cosas se gastase y finalizase la obra que estaba empezada del choro de la Parroquial de Señor San Jorge de esta Villa, lo que se executase antes de dar otras limosnas ningunas, y del remanente que quedase después de fenecido y acabado dicho Choro, sin que le faltase cosa alguna”.


      En estos fines de 1740 las obras del Coro no estaban terminadas, ni mucho menos: los albaceas aluden a las otras limosnas dispuestas por el testador, que también “en fuerza de lo que nos comunicó estamos prontos a executar luego que fenesca y acabe la obra de dicho coro, para cumplir en todo y por todo con dicha disposición arreglándonos a los bienes que quedasen”.

       En cambio, dando un buen salto adelante, podemos asegurar que el Coro ya en 1777 hacía tiempo que estaba terminado, cuando otorga su testamento don Diego Muñoz de Medina, Beneficiado, sobrino y albacea de don Bartolomé. Probablemente el coro estaba terminado doce años antes, incluso, pues de 23 de octubre de 1765 data el testamento de su hermano don Cristóbal, quien fue el realizador principal de estas obras de mejora y adorno del coro parroquial. En este testamento declara don Cristóbal tener 60 años de edad, y deja heredero de sus bienes a su hermano Diego, quien le sobrevivió. Una somera investigación sobre la fecha de muerte de don Cristóbal permitiría fijar con seguridad esa fecha extrema del fin de las obras corales.

viernes, 1 de agosto de 2014

Pinceladas de Historia: El Arco del callejón de la “Herrá”


Ismael Almagro Montes de Oca


      Uno de los elementos distintivos de la Plaza Alameda de la Cruz, junto a otros como el reloj o la fachada de la Iglesia de la Victoria, es el conocido como Arco del callejón de la “Herrá”. Situado junto al Ayuntamiento (es curioso que también en el Ayuntamiento viejo o Casas del Cabildo exista otro arco), este recurso arquitectónico no siempre estuvo ahí. Gracias a la información contenida en el Archivo municipal, hemos podido conocer más datos sobre su historia.


      En abril de 1802 el dueño de la casa donde hoy está el conocido Estanco Arroyo, ante el mal estado de la finca, pide al Ayuntamiento permiso para realizar un arco con el que apuntalar el edificio sin cortar el paso por la calle, permiso que le fue concedido por el cabildo:

     “Tambien se vio otro Memorial de Dn Tomas Romero de esta vecindad, en el que dice que como dueño de la casa que hace Esquina a la Plaza de la Cruz, y calle de la Herrada, necesita para reedificarla se le conceda permiso para con Arco suficiente que no impida el paso fortalecer con el de una vanda a otra la callejuela, abrasando desde la misma Esquina, de donde nace su mayor seguridad; Que reconocido por los Diputados de obra y Maestros Alarifes del Publico e informado no seguirse perjuicio a tercero en que se le concedan sinco varas de largo con la condision que del suelo a la chabe del Arco por devaxo ha de tener de altura quatro varas y media; Y en su vista se acordó por el cav.do acceder a su solicitud, concediéndole la expresada licencia con tal que no se siga perjuicio a tercero y que en caso de solicitarlo se le facilite testimonio de este acuerdo y asi se determino” (1)


      Este es el origen del Arco, conservando la calle que lo alberga, a pesar de estar rotulada con el nombre de José Tizón, dos siglos después, en la memoria popular  su denominación original: Callejón de la Herrá 

NOTAS

(1) Archivo Municipal de Alcalá de los Gazules. Legajo 27, folio 39 vuelto. Cabildo de 21 de abril de 1802.