sábado, 7 de octubre de 2017

ALCALA DE LOS GAZULES. GOLPE DE ESTADO. JULIO DE 1936 (VII)



      También disponemos de la siguiente información, procedente de los archivos de la Guardia Civil, con referencias a los días y acontecimientos que nos estamos refiriendo. El documento aparece en la investigación realizada por Jesús Núñez sobre Cossi Ochoa. Remitido por el autor, el texto en cuestión dice así (8):

“el 2 de agosto de 1936 el comandante de infantería, Don Joaquín Camarero Arrieta, juez instructor del Juicio Sumarísimo 82/36 contra el gobernador Civil Mariano Zapico Menéndez Valdés y seis más (entre ellos Cossi Ochoa), remitió un telegrama al Comandante Militar de Alcalá de los Gazules, para que informara si se había recibido en esa localidad alguna orden de entrega de armas depositadas a miembros del Frente Popular".

      El 4, de agosto, el alférez de la Guardia Civil de Alcalá de los Gazules, Don Manuel Álvarez Navarro, comandante militar de Alcalá de los Gazules contesto por escrito el siguiente texto:

       “En cumplimiento a su telegrama de fecha dos del actual, tengo el honor de participar a V. S. que en los días 18 y 19 del pasado mes de julio, no se recibió en esta dependencia telegrama ni telefonema, como tampoco orden escrita del Gobierno Civil, sobre la entrega de armas depositadas en la Casa-Cuartel, al elemento obrero; pero siendo requerido en el día de ayer el Señor oficial de Telégrafos de esta, juan Casas, éste me manifiesta que sobre las tres horas del día 19 recibió una nota que se refería a la entrega de armas que hubiera en el puesto de la Guardia Civil, a los obreros, que estropeó la cinta, sin dar publicidad a nadie, por creer que de este modo cumplía con su obligación, por no encontrarle fundamento a la referida nota y creer al mismo tiempo no emanaba de la autoridad legal.

       La descripción de los hechos resulta extraña, en base a la supuesta decisión final del Señor oficial de Telégrafos, Juan Casas. Es extraño que por iniciativa propia decidiera anular el telegrama y más extraño la respuesta dad, al referirse que no emanaba de la autoridad legal. Como veremos es Juan Casas uno de los funcionarios depurados por su pertenencia al Frente Popular. No es descabellado pensar que en estas fechas su situación fuera bastante delicada y en un intento de “salvarse de la temida represión y consiguiente depuración”, su respuesta fuera ésta.

       Firmado por Don Manuel Álvarez Navarro, Alférez Comandante Militar de la Línea de Alcalá de los Gazules, a 18 de septiembre de 1936, se da traslado del Bando de Gonzalo Queipo de Llano, como General Jefe de la Segunda División Orgánica, firmado en Sevilla, a 28 de agosto de 1936.

       El citado Bando invita a los huidos de los distintos pueblos a la vuelta a sus localidades de origen decretando dos artículos en este sentido. Textualmente, el Bando dice así (9):

“DON GONZALO QUEIPO DE LLANO, GENERAL JEFE DE LA SEGUNDA DIVISION ORGANICA

HAGO SABER

       Las persecuciones que a partir del triunfo del llamado Frente Popular desencadenaron de entre las personas, de orden, huérfanas del amparo de las Autoridades que obligaron a gran número a ausentarse de los pueblos buscando amparo en otras ciudades, en las que por ser desconocidas u ofrecer mayores garantías de seguridad, se vieran libres del peligro de la furia marxista.

       El esfuerzo del Ejército y los voluntarios que le siguen y auxilian van extendiendo el radio de la normalidad y es necesario que esos fugitivos vuelvan a los lugares de su habitual residencia, para cumplir sus deberes como ciudadanos, defender los intereses que las fuerzas nacionales pudieran librar de la catástrofe y consolidar con su presencia su actividad y su esfuerzo personal, incluso con las armas, la era de tranquilidad que se inicia.

Quienes no cumplan, sin regateos este deber, laboran con la Patria, mantienen una tendencia derrotista, estorban y dificultan la obra salvadora del ejército y no solo no merecen protección sino que se hacen acreedores a un ejemplar castigo.

      Por ello vengo en decretar lo siguiente:

      Artículo 1º.- Todas las personas que tuvieran su vecindad y habitual residencia en poblaciones que hubiesen abandonado por motivos a que se refiere la nota dispositiva de este Bando, viene obligados a reintegrarse a aquellas en un plazo improrrogable de cuatro días a menos que se lo impida causa concretamente justificada a juicio de la Autoridad.

      Artículo 2º.- Quienes incumplan la obligación que se imponen en el artículo que precede, vendrán obligados preferentemente a los demás vecinos las localidades respectivas, a satisfacer las contribuciones de guerra que puedan imponerse como resarcimiento de los gastos causados o que se causen para liberación y defensa de personas y propiedades y en consecuencia los bienes de los infractores quedarán especialmente afectos a la efectividad de esas responsabilidades”.

      Don Gonzalo Queipo de Llano, el mismo cuyo cadáver, aun hoy se mantiene a los pies de la virgen Macarena de Sevilla. El mismo que documentalmente es responsable máximo y directo de la mayor represión producida en nuestro territorio. Afortunadamente bien estudiado, entre otros, por Francisco Espinosa Maestre (10). Me permito recordar que en 2002, cuando se organizó el homenaje a los fusilados de Alcalá, contamos con su presencia para una de las Ponencias presentadas.

       Gonzalo Queipo de Llano, el mismo general, aficionado a los discursos radiofónicos y que nos ha dejado "joyas" suficientemente clarificadoras de lo que iba a ser y de lo que sería la represión que se desencadena el 18 de julio.

       Decía, entre otras joyas, pocos días después del golpe el 23 de julio de 1936, lo siguiente (11):

      “Estamos decididos' a aplicar la ley con firmeza inexorable: ¡Morón, Utrera, Puente Genil, Castro del Río, id preparando sepulturas! Yo os autorizo a matar como a un perro a cualquiera que se atreva a ejercer coacción ante vosotros; Que si lo así, quedaréis exentos de toda responsabilidad. ¿Que haré? Pues imponer un durísimo castigo para callar a esos idiotas congéneres de Azaña. Por ello faculto a todos los ciudadanos a que, cuando se tropiecen a uno de esos sujetos, lo callen de un tiro, O me lo traigan a mí, que yo se lo pegaré.

      Nuestro valientes Legionarios y Regulares han enseñado a los cobardes de los rojos lo que significa ser hombre. Y, de paso, también a las mujeres. Después de todo, estas comunistas y anarquistas se lo merecen: no han estado jugando al amor libre? Ahora por lo menos sabrán lo que son hombres de verdad y no milicianos maricas. No se van a librar por mucho que forcejeen y pataleen.

      Ya conocerán mi sistema: Por cada uno de orden que caiga, yo mataré a diez extremistas por lo menos, y a los dirigentes que huyan, no crean que se librarán con ello: les sacaré de debajo de la tierra si hace falta, y si están muertos los volverá a matar”.

       Otra de las máximas autoridades militares también ha dejado textos suficientemente explicativos. En este caso, el General Mola:

      “Se tendrá en cuenta que la acción ha de ser en extremo violenta para reducir lo antes posible al enemigo (...) serán encarcelados todos los directivos de los partidos políticos, sociedades o sindicatos no afectos al Movimiento, aplicándoles castigos ejemplares a dichos individuos para estrangular los rebeldía o huelgas.

      En este trance de la guerra yo ya he decidido la guerra sin cuartel. A los militares que no se hayan sumado a nuestro Movimiento, echarlos y quitarles las pagas. A los que han hecho armas contra nosotros, contra el ejército, fusilarlos. Yo veo a mi padre en las filas contrarias y lo fusilo.

       Cualquiera que sea abierta o secretamente defensor del Frente Popular, debe ser fusilado (...) hay que sembrar el terror, dejar sensación de dominio eliminando sin escrúpulos ni vacilación a todos lo que no piensen como nosotros”. 

      Incluso en los cantos de los requetés, las referencias claras a la represión, en este caso, “matar rojos”, era frecuente. Así en este canto requeté, perteneciente a la crónica del Frente de Jorge Villarín (12).

“Serrana dame la boina, 
dame la manta, 
y dame el fusil: 
que voy a matar más rojos 
que flores tienen 
Mayo y Abril”

       Con estas directrices e instrucciones no es extraño imaginar la represión que se iba a producir. No es extraño encontrar en cada una de nuestros pueblos exaltados y fanáticos, sádicos que se iban a aprovechar de la situación, permitiendo que sus más bajos instintos dirigieran sus actos a partir de ese sábado siniestro del 18 de julio.

NOTAS

8.- Fuente. Archivos de la Guardia Civil. Cedido por Jesús Núñez Contreras, Investigador. Autor Libro. Francisco Cossi Ochoa. El último Presidente de la Diputación Provincial en la República. Una muerte sin esclarecer. Diputación Provincial 2005.

9.- AMAG. Expedientes varios. Legajo 376

10.- Francisco Espinosa Maestre. La Justicia de Queipo. Sevilla 2000.

11.- Fuentes varias.

12.- Guerra en España contra el Judaísmo Bolchevique. Crónicas del frente. Jorge Villarín. Cerón. Cádiz 1937 Canto requeté.

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