sábado, 26 de octubre de 2024

El médico multado por no ser veterinario




Ismael Almagro Montes de Oca



    La siguiente historia sucedió en Alcalá a finales del año 1901 y no puede ser más curiosa: el médico municipal D. Manuel de Puelles es multado por el alcalde, que también es médico, por negarse a ejercer de veterinario. Una revista especializada en Veterinaria se hizo eco de los hechos, dando la razón al médico:


“Recurso de alzada, interesantísimo por más de un concepto, de un ilustre

Médico que, con razón, no quiere ser Veterinario municipal intruso.


    He ahí un caso por demás curioso é interesante que no todos los días se ve, como es, sin duda alguna, la justa protesta del ilustrado Médico de Alcalá de los Gazules (Cádiz), y patriota como pocos (pues tuvo la desgracia de caer prisionero de los tagalos cuando allá en Filipinas, como Médico profesional, luchaba heroicamente por la integridad de la patria española y recolectaba honrosas y enviadas condecoraciones), don Manuel de Puelles y Centeno, elevada ante el Sr. Gobernador civil de dicha provincia en demanda de una justicia que seguramente le otorgará así que se enterase aquella celosa y dignísima autoridad civil.

La ociosa y...... edificante historia de este suceso es (sin perjuicio de volver á exponerla en otros números de esta revista ó á, rectificar muy gustosos si así no fuese) por demás sencilla é interesante; reducese, pues, á lo siguiente, según noticias que obran en nuestro poder.

    Un Veterinario que fallece (y e. p. d.); la invasión de la fiebre aftosa de la ganadería; reses muertas que se pretenden aprovechar para el consumo público; orden verbal del Alcalde por medio de un sencillo empleado del Ayuntamiento para que el estudioso Médico municipal don Manuel de Puelles reconozca de noche, en casa del matarife (no en el matadero) á la luz de un mortecino candil que lanzara escasos reflejos, como diría el famoso Espronceda en su hermosa y eterna poesía

«sobre una mesa de pintado pino

melancólica luz lanza un quinqué»

el Médico Sr. Puelles que por respetos de conciencia primero, por imposibilidad material en segundo lugar de reconocer de noche esa res ya muerta (sin haberla visto antes in vitam como ordenan las disposiciones vigentes), y últimamente por creer infringidas (con razón) esas disposiciones, que protesta de las órdenes verbales de un Alcalde accidental que es tambien Médico, según se nos dice, y multa á su colega con un día de haber por no prestar ese servicio para que es incompetente, según la ley, haciendo bueno sin duda aquel refrán que dice no hay peor cuña que la de la misma madera, y el Sr. Puelles, que ante tanta anomalía renuncia á su cargo de Médico municipal antes que faltar é lo prevenido por las leyes y á su conciencia. Ni más, ni menos.

    Consultados nosotros, honrosamente desde luego, por el estudioso Dr. Sr. Puelles, acerca de lo que procedía y debía hacer ante caso tan raro, le aconsejemos, en virtud de lo que previenen las Reales disposiciones en la actualidad vigentes sobre la materia, que recurra en alzada ante el digno Gobernador civil, en la esperaba ¡qué esperanza, seguridad plena! de que tun celosa é inteligente autoridad resolverá como previenen las disposiciones de la nación pertinentes al caso y otorgará al Dr. Puelles la justicia que interesa.

    He á continuación, por lo demás, el susodicho y razonado recurso, por el que felicitamos de todas veras al Dr. Puelles:

    «Excmo. Sr. Gobernador civil de la provincia de Cádiz.—Excmo. Sr.: Don Manuel de Puelles y Centeno, vecino de Alcalá de los Gazules, en esta provincia, propietario, Médico, ex Médico provisional del ejercito de Filipinas, con cruz roja de primera clase del Mérito militar, medalla de sufrimiento por la Patria, con cédula personal número de orden 895, V. E. comparece y con el debido respeto dice: Que desempeñando la plaza de Médico titular de esta ciudad le fué ordenado por el señor Alcalde accidental D. Antonio Alba que procediese al reconocimiento de una res vacuna que para el consumo público habían traído muerta del campo; el recurrente, primero porque la orden había sido verbal y anunciada por un agente de la Alcaldía, y segundo porque esta orden infringía varias disposiciones legales que se citaran, se excusó de practicar dicho reconocimiento, por lo cual se le impuso la multa de un día de haber, según consta de la copia de la comunicación que se une á éste recurso y queda en poder del que recurre para su resguardo.

    »De esa arbitraria disposición recurrió al Ayuntamiento en un escrito, cuya copia se acompaña, pidiendo se condonara la multa y se admitiese la dimisión del que suscribe, á fin de evitar la responsabilidad en que incurría en el desempeño de su cargo si había de cumplir órdenes como la que se le comunicó. El Ayuntamiento acordó admitir la dimisión sin acceder á la pretensión legítima del que suscribe.

    »Ahora bien, Excmo.. Sr., la Real orden de 8 de Marzo de 1865, vigente en la actualidad, determina que los Médicos no pueden nunca ser nombrados ni interinamente Inspectores de carnes, puesto que no poseen los conocimientos necesarios para esas prácticas. El párrafo primero de la Real orden del 28 de Febrero de 1885 establece que el reconocimiento de los animales de sangre caliente sea practicado UNICA y EXCLUSIVAMENTE única y exclusivamente por los Veterinarios. El caso segundo del Reglamento vigente para la inspección de carnes en las provincias, de Febrero de 1859, ordena que esos reconocimientos deben practicarse por un Veterinario. los artículos 3º y 4º del citado Reglamento, así como las Ordenanzas municipales de esta ciudad, estatuyen que las reses destinadas al consumo público habían de sacrificarse en el matadero, reconociéndose por el Veterinario, primero en pies y luego después de sacrificados.

    »En vista de estas disposiciones legales, teniendo en cuenta que la res objeto del reconocimiento venia muerta del campo y estaba en el puesto donde había de expenderse, así como que el Médico por la sola inspección ocular no puede dar un dictamen razonado y en conciencia científico sobre el estado en que dicho animal pudiese encontrarse para ser destinado al consumo público, ¡procede, Excmo. Sr., la imposición de esta multa? ¿Puede autoridad alguna dar órdenes a sus dependientes o empleados que tiendan a infringir las leyes y disposiciones legales vigentes? Y si estos empleados se niegan a infringirla por arbitraria, ¿pueden ser multados o penados por ello?

    »En vista de estos fundamentos, el que suscribe solicita de V. E. se digne revocar la orden del Sr. Alcalde accidental antes citado y condonar la multa al exponente por ser a todas luces improcedente su imposición. En su virtud: suplica a V. E. se digne haber por presentado este escrito con los documentos que le acompaña y resuelva en definitiva como se pretende en el ingreso del mismo. Es justicia que espera merecer de la rectitud de V. E. – Alcalá de los Gazules 19 de Diciembre de 1901.- Excmo. Sr.- Dr. MANUEL DE PUELLES.> (Es copia)”[1]




NOTAS

[1] Publicado por LA VETERINARIA ESPAÑOLA en su edición del 31 de diciembre de 1901 . Año 44 nº 1591 págs. 510 a 512

sábado, 19 de octubre de 2024

La traída de aguas potables a Alcalá de los Gazules en el siglo XIX: El proyecto de Pedro Montes de Oca y otros fracasos. (I)




Ismael Almagro Montes de Oca


    El reparto de tierras procedentes del proceso de desamortización de bienes de Propios, del Común y Baldíos, que se produjo a partir de la década de los años 30 del siglo XIX, propició un éxodo de población, principalmente de las serranías de Cádiz y Málaga, hacia Alcalá, que vio incrementar paulatinamente su población, pasando de los 5449 habitantes censados en 1838 [1] a los 6053 una década después.[2] Un cuarto de siglo más tarde, la población aumentó prácticamente un 50%, alcanzando los 8827 habitantes en 1876.[3] Este incremento vino a agravar un problema casi endémico, como era la falta de agua para el abastecimiento del núcleo urbano, que desde tiempo inmemorial se surtía casi exclusivamente del agua de los Pozos y de la fuente de la Salada.

    En junio de 1875, debido a la escasez de los manantiales por falta de lluvias y al deterioro de las cañerías de los Pozos, la situación empeoró hasta el punto de que “se disputaba hasta con violencia su aprovechamiento” y ante las quejas del vecindario, el alcalde ordenó al Maestro de obras municipal que hiciese las reparaciones necesarias en dichas instalaciones “y la rehabilitación de las fuentes obstruidas por la incuria de anteriores administraciones o porque no se haya hecho preciso como hoy el aprovechamiento de sus aguas aun cuando se supongan de poco caudal”, prescindiendo de las formalidades de subasta de las obras “por no prestarse a ella la urgentísima necesidad del servicio de que se trata”[4]

    En esta situación angustiosa, apareció la figura salvadora de Pedro Montes de Oca Atienza, empresario muy perspicaz para los negocios, que vio en aquella necesidad una oportunidad y planteó la traída de aguas potables desde Los Regajales. Para conseguirlo, debía superar un escollo importante: conseguir la concesión de aquellas aguas, pues no eran de su propiedad y además estaban en terreno privado.

    Según la Ley de Aguas, promulgada en 1866, eran públicas las aguas continuas o discontinuas de manantiales y arroyos que corren por sus cauces naturales,[5] como era el caso, y se podía conceder su aprovechamiento para casos puntuales, especialmente para el abastecimiento de poblaciones.[6] Dicha ley, otorgaba la facultad de conceder este aprovechamiento al Gobernador civil,[7] quien además debía autorizar los estudios de todo aprovechamiento de aguas marítimas o terrestres.[8] Esto explica que nada conste en las actas del ayuntamiento, por no ser competencia municipal, hasta que, una vez que Pedro Montes de Oca presentó su proyecto al Gobernador, éste pidió el 15 de septiembre un informe a la Corporación sobre la utilidad pública del mismo. Este proyecto, llegó como agua de mayo para los regidores, pues pensaban que podría resolver definitivamente el problema del abastecimiento de aguas, por lo que, sin dudarlo y por unanimidad, acordaron:

    “Hacer presente al Ecsmo. Sr. Gobernador de la provincia, que la obra proyectada es en esta Villa además de su reconocida utilidad publica es de urgentísima necesidad en atención a la escaces de aguas potables que viene experimentando su vecindario de hace muchos años y especial y señaladamente en el actual; sufriendo por consecuencia de ella los perjuicios de los exorbitantes precios a que se ha elevado la carga de veinte y ocho litros por efecto de las distancias a los puntos en donde por razon de la situación topográfica del termino ha sido forzoso reunir para un escaso abastecimiento de dho liquido: Que siendo publico el proyecto de que se trata, está en la opinión general de estos vecinos las grandísimas ventajas que han de reportar de llevarse acabo, por ser el único medio de que termine la ansiedad y los apuros propios a la falta de agua, tan indispensable para poder subsistir, no hallando el Ayuntamiento en su realización ningún inconveniente por ser útil bajo todos conceptos y por cuya mejora se encuentra interesada la población, fundamentos pr los cuales no considera el Cuerpo Capitular haya ningún agraviado que por la declaración de utilidad publica del proyecto pueda incurrir en alzada ante la Superior Autoridad de su Exelencia=” [9]



    Poco tiempo antes, a finales de julio, el Gobernador civil, Santiago Luis Dupui, inició un expediente para la enajenación forzosa de las propiedades particulares que atravesaba el proyecto. Los propietarios afectados eran Melchor Román de la Jara, José Carrillo Camacho, Cristóbal Carrillo Camacho, Ana Ortega Salas, Nicolás de Salas Camacho y los herederos de Fernando del Canto Collantes “propietarios de la Huerta de los Regajales, donde nace el manantial.” [10]

    No debió de haber ninguna alegación, puesto que, en los meses siguientes, Pedro Montes de Oca encargó a Salvador Cerón, ingeniero de Montes, la redacción de la memoria, planos y presupuesto,[11] que fueron aprobados por el Gobernador con anterioridad al 1 de octubre de 1876, fecha en que Montes de Oca, ya como concesionario de las aguas potables de Los Regajales, pidió al ayuntamiento la cesión de las aguas de dos manantiales cercanos, en terrenos de Hernán Martín, para aumentar el caudal, y asimismo, que su empresa quedase exceptuada de pagar impuestos, accediendo los regidores “atendiendo a los inmensos beneficios que reportará esta Población con la traída de aguas de que hoy carece hasta para los usos indispensables de la vida, se estaba en el caso de conceder como en efecto concedía a semejante empresa la libertad de todo impuesto Municipal a fin de que se realize lo que por espacio de muchos años biene anhelando este vecindario sin resultado alguno; e igualmente se le concede a dicho concesionario el derecho de reunir las aguas de los manantiales Cañuelo y Cierva con el de los Regajales a los usos propuestos, sin perjuicio de la aprobación que deberá obtener del Ecsmo. Sr. Gobernador Civil de esta Provincia toda vez que no se sigue perjuicio alguno con esta concecion.” [12]

    Pedro Montes de Oca encargó la dirección al ingeniero hidráulico de Jerez Guillermo Cooke, [13] que hizo los pedidos de los tubos de hierro a una fábrica londinense, los cuales llegaron al muelle gaditano a mediados de febrero del año siguiente. [14] Sin embargo, los tubos no comenzaron a llegar a Alcalá hasta el mes de mayo, iniciándose las obras a un ritmo vertiginoso, ya que a primeros de julio ya se encontraban colocados dos tercios de los mismos y se estaban construyendo dos puentes, por lo que hubo gran demanda de mano de obra en la localidad. [15]

    A primeros de agosto, la obra se encontraba concluida y, tras el reconocimiento facultativo realizado por el ayudante de ingenieros José Galán Caballero, por orden del jefe provincial, el día 12 tubo lugar a las cuatro de la mañana la prueba de la traída de aguas:

    “A pesar de lo incómodo de la hora, asistió el Ayuntamiento y casi todo el pueblo, siendo grande el entusiasmo cuando se vieron correr las deseadas aguas, realizándose así uno de los deseos más vehementes de aquellos vecinos.” [16]

    La inauguración oficial tuvo lugar el 9 de septiembre, coincidiendo con la celebración de la festividad de la Patrona, contando con la presencia del Obispo de la Diócesis en la fiesta cívico-religiosa organizada para el evento. [17]

    


NOTAS

[1] Según datos registrados para un repartimiento en la página 2 del BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ (BOPC) publicado el 24 de abril de 1838, nº 34

[2] Extracto para la ley de reemplazos inserto en la pág. 2 del nº 53 del mismo BOLETÍN, publicado el 3 de mayo de 1848.

[3] BOPC. Edición del 7 de agosto de 1876. Nº 164 pág. 2. Relación de cupos obligatorios que deben satisfacer las localidades por consumos, cereales y sal.

[4] ARCHIVO MUNICIPAL ALCALA GAZULES. (AMAG) Actas Sesiones Ayto. pleno. Legajo 41 (1873-1877) Libro 2. Sesión del 13 de junio de 1875. Folios 80 a 81. Punto 14

[5] Ley de Aguas. CAPÍTULO IV. Del dominio de las aguas vivas, manantiales y corrientes. Artículo 33. Punto 3º. Publicada en la GACETA DE MADRID el martes 7 de agosto de 1866. Año CCV nº 219

[6] Ib. TITULO SEXTO. De las concesiones y aprovechamientos especiales de las aguas públicas. Del aprovechamiento de las aguas públicas para abastecimiento de poblaciones. Art. 207 Punto 1º

[7] Ib. Art. 216. Si las aguas a conceder excedían los 50 litros por segundo, pasaba la facultad al Gobierno.

[8] Ib. Art. 199

[9] AMAG Actas Sesiones Ayto. pleno. Legajo 41 (1873-1877) Libro 2. Sesión del 10 de octubre de 1875 f. 135-137. Pto. 5º.

[10] Publicado en el BOPC, el jueves 29 de julio de 1875 nº 143 pág. 2. Circular nº 277 de la Sección de fomento con fecha de 28 de julio. Es curioso que el Gobernador se base en el art. 3º del Real decreto de 17 de julio de 1830 relativo a la enajenación forzosa de propiedad particular, pues en la Ley de Aguas de 1866, el art. 196 establece que “Respecto de los terrenos de propiedad particular procede según los casos la servidumbre forzosa acordada por el Gobernador, o bien la expropiación acordada por el Gobierno, previo siempre expediente, salvo lo dispuesto en el art. 123”. Este último artículo especifica que la servidumbre forzosa de acueducto se puede construir con cañería o tubería, cuando pudieran las aguas inficionar a otras, o absorber sustancias nocivas o causar daño a obras o edificios.

[11] Mencionado en artículo publicado el 5 de septiembre de 1877 en la pág. 1 de EL COMERCIO. Año XXXV Nº 12301

[12] Ib. Sesión del 1 de octubre de 1876. Folios 111 y 112

[13] Edición del 18 de agosto del periódico EL GUADALETE. PERIÓDICO POLÍTICO Y LITERARIO. Año XXIII Nº 6457 pág. 3

[14] Publicado en la pág. 2 de LA CORRESPONDENCIA DE ESPAÑA, edición del 14 de febrero de 1877. Año XXVIII Nº 7013

[15] Edición del 10 de julio de 1877 de EL COMERCIO. Año XXXV Número 12244 pág. 2

[16] Noticia publicada en la pág. 3 del periódico EL COMERCIO en su edición el 17 de agosto de 1877. Año XXXV Nº 12282

[17] Varios periódicos recogen la confirmación de la asistencia del Obispo, como publicó EL COMERCIO en su publicación del 24 de agosto. Año XXXV Número 12289 pág. 2


sábado, 12 de octubre de 2024

La fiesta de la Raza en Alcalá de los Gazules en 1937







Ismael Almagro Montes de Oca




En Alcalá los Gazules

ESPLENDIDA CELEBRACION DE LA FIESTA DE LA RAZA

    Gratísimo e imborrable recuerdo ha dejado en el corazón de los alcalaínos que sienten en sus nobles pechos los altos ideales de la Patria, la celebración que este año ha revestido más brillantez que nunca en esa localidad, de la Fiesta de la Raza. El dignísimo alcalde de esta ciudad, don Isidro Castro y los dignísimos comandantes militar, alférez de la Guardia Civil, don Francisco Gómez, y comandante de puesto, cabo don Manuel García, habían procurado con el mayor entusiasmo, que los actos que se celebraran tuvieran el mayor realce, tanto por la fiesta de la Raza, que se conmemoraba, como por ser también la festividad de la Virgen del Pilar, Patrona del benemérito Instituto.

    A las diez de la mañana viose invadido nuestro hermoso templo parroquial, por gran número de fieles, que llenaban sus amplias naves, para asistir a la función religiosa que a dicha hora tuvo lugar, concurriendo a la misma las primeras autoridades y representaciones muy nutridas de la Guardia Civil, Carabineros, Falange Española, Magisterio, personal del Ayuntamiento, etc., etc., asistiendo también el teniente del Ejército, don Andrés Muñoz, que pasa en esta unos días de permiso, y el alférez de Milicias, don Lorenzo Delgado, y la sección de Flechas y Pelayos unificados, con banderas y escuadras de cornetas y tambores, que en correcta formación y mandados por el entusiasta camarada Vicente Marchante desfilaron con gran marcialidad ante las autoridades, una vez terminado el religioso acto, en el que con gran elocuencia ocupó la sagrada cátedra el P. Lara.

    A continuación fueron obsequiadas las autoridades e invitados, por los dignos jefes de la Guardia Civil ya referidos, en el amplio salón de la Patronal Agrícola, reinando la mayor cordialidad y camaradería entre las representaciones de los distintos Cuerpos y todos los asistentes, saliendo de la reunión gratamente complacidos.

    Por la tarde tuvo lugar en un pintoresco paraje de las afueras del pueblo, el simpático acto de repartir entre los niños y niñas de las Escuelas, suculentas meriendas costeadas por el Ayuntamiento, a iniciativa de su digno alcalde, asistiendo también las autoridades civiles y militares, y representaciones de las diversas agrupaciones y entidades y numeroso público.

    Por el párroco señor Lara, fué explicado a los asistentes, en breves y elocuentes frases, el significado de la fiesta que se celebraba, pronunciando después, el teniente Muñoz, emocionadas palabras de exaltación patriótica, terminándose con el himno de Falange, que con el brazo en alto fué cantado por todos los presentes.

    En el salón de actos del Ayuntamiento, donde se reunieron las autoridades e invitados, fueron todos obsequiados a continuación, haciéndose votos por la pronta terminación de la guerra y por el grato resurgir de la España una, grande y libre, que todos anhelamos.

Saludo a Franco.

¡Arriba España!

El delegado local de p. y P.

RAFAEL FERNANDEZ.”[1]



NOTAS

[1] Edición gaditana de AGUILAS, Diario de Falange Española Tradicionalista y de las J. O. N.S del 16 de octubre de 1937. Pág. 6.

La fotografía no se corresponde con el artículo impreso.


sábado, 5 de octubre de 2024

Inauguración de una Sección de Adoradora Nocturna


Ismael Almagro Montes de Oca 


     Bajo el nombre de Adoración Nocturna, Herman Cohen fundó en París en 1848 un grupo de fieles cristianos con el objetivo de rendir culto a Jesús bajo su forma eucarística. El movimiento se extendió rápidamente por toda Europa, llegando a España de la mano del político conservador Luis de Trelles en 1877. 

     Alcalá también contó con una sección de Adoración Nocturna, aunque no llegaría hasta bien entrado el siglo XX, inaugurándose el 13 de agosto de 1927, siendo un gran acontecimiento en la población, pues llegaron desde diferentes localidades de la provincia muchos miembros pertenecientes a diferentes Secciones: 

Estampa conmemorativa de la inauguración de la Adoración Nocturna de Alcalá



“En la noche del Sábado tuvo lugar en la ciudad de Alcalá de los Gazules, la solemne vigilia extraordinaria de inauguración de la Sección Adoradora Nocturna de dicho pueblo. 

      A las once se organizó la salida de las secciones de los pueblos que asisten a dicha fiesta religiosa, desde una de las iglesias situada en la plaza, recorriendo las principales calles hasta la parroquial contigua al edificio de aquel Ayuntamiento. 

     Concurrieron 18 banderas, que con nutridas comisiones de otros tantos pueblos sumaban unas 500 personas. 

     También asistieron las banderas de los Tarsicios que forman un grupo bastante crecido de niños y en otros se en congregadas señoras y señoritas con distintivos de adoradoras honorarias. 

     En la presidencia iban los señores presidentes del Consejo Supremo de Madrid y los diocesanos de Cádiz, Sevilla, Huelva y Málaga. 

     Los pueblos que concurrieron son Algeciras, Chiclana, Medina Sidonia, Jerez de la Frontera, Puerto Real, Puerto de Santa María, Gibraltar, La Línea, Sanlúcar, San Fernando, Vejer, Valencina y Ubrique. 

     A las once y media empezó la vigilia, dando principio por la imposición de los distintivos a los nuevos adoradores alcalareños y bendición de su bandera, terminándose este acto con un solemnísimo Te-Deum. 

     La sección inaugurada consta de 362 adoradores entre activos y honorarios. 

    Cantóse a continuación el oficio divino, como marca el ritual de la Adoración Nocturna. A las cuatro de la mañana se celebró la Santa Misa, actuando de preste el cura párroco, quien dirigió la palabra a los nuevos adoradores y a todos los fieles, a los primeros para estimularlos con los actos que han precedido a estos cultos y que sean decididos campeones de Cristo Rey, soldados aguerridos que no temen a los combates del mundo y que están propicios a entregar hasta la última gota de su sangre, si posible fuera, en defensa de su bandera, que no otra cosa representa sino al mismo Cristo en la Eucaristía y termina dirigiéndose a los demás fieles para que en la Sagrada Comunión pidamos por esta nueva sección al Todopoderoso, con el fin de que no decaiga nunca y sea cada día más numerosa. 

     Nuevamente organizóse la procesión con S. D. M. bajo palio y recorrió el mismo itinerario que en la noche anterior, cantándose los himnos eucarísticos como es costumbre en estos actos, terminándose con la bendición en la iglesia que citamos anteriormente.”[1]




NOTAS

[1] Noticia recogida en la pag. 2 de la Edición del 17 de agosto de 1927 de “El Guadalete - periódico político y literario”. Año LXXV Número 23844