Ismael Almagro Montes de Oca
Aún hoy día no se ha fijado con exactitud la fecha de fundación del Convento de Santo Domingo. Marcos Ramos Romero menciona un convenio entre el V adelantado Mayor de Andalucía, D. Francisco Enríquez de Ribera y la Comunidad dominica para la fundación de un convento, fechado en Sevilla el 22 de septiembre de 1511.[1] Sin embargo, puso en duda esa fecha porque el Señor de Alcalá había fallecido dos años antes, fijando su fundación en vida del mismo, ya que la comunidad de los jerónimos de Bornos se había obligado a terminar el convento de Alcalá en 1510. Gabriel Almagro, se inclina por la fecha del convenio con los dominicos.[2]
Nosotros, por nuestra parte, vamos a dar a conocer un documento que localizamos en el Archivo Histórico Nacional y que ayudará a aclarar cómo se desarrolló el proceso de fundación del convento.
Francisco Enríquez de Ribera |
El V Adelantado Mayor de Andalucía y Señor de Alcalá de los Gazules, Francisco Enríquez de Ribera, falleció en nuestra localidad el 8 de febrero de 1509. Aquí había hecho su testamento en “la mi casa de Miraflores, que es en término de la dicha mi villa de Alcalá” el jueves 6 de octubre de 1507 y el día antes de su muerte, otorgó un codicilo con sus últimas voluntades:
“el cual dicho codicilo otorgué en mi villa de Alcalá de los Gazules en mi palacio, que es en la collación de San Jorge, jueves ocho días del mes de febrero, a la hora de vísperas, poco más o menos, de este año del nacimiento de nuestro Salvador Jesucristo de mil e quinientos e nueve años, el cual otorgué ante Andrés Miguel, escribano público de la dicha mi villa de Alcalá, al cual mando e le encargo no lo lea ni publique hasta que Dios Nuestro Señor disponga de mí lo que sea de su servicio, e después que el dicho Andrés Miguel, escribano público, lo diere signado valga e sea firme para siempre jamás, e ruego que sean de ello testigos los dichos Hernando de Morales, mí contador, e Alonso Cabellos, mi camarero, e Alonso Pérez, regidor, vecinos de esta villa de Alcalá”
En su testamento, había dejado tres cuentos de maravedíes para levantar un convento dominico en Alcalá y en caso de que éstos no aceptaran, ordenó que se gastara anualmente su renta en casar huérfanas y liberar cautivos. Dejó por patronos de este encargo al prior del convento de Santa María del Rosario de Bornos y al de Santa María de las Cuevas de Sevilla.
Efectivamente, el dinero quedó depositado en el monasterio de San Jerónimo de la capital hispalense hasta que, seguramente en los primeros días de mayo de 1511, los dominicos presentaron a D. D. Juan de Fonseca, Obispo de Palencia, Conde de Pina y Comisario general de la Santa Cruzada, un documento en que confirmaban la decisión de edificar un convento en Alcalá:
“por quanto agora por parte del Reverendo padre provinçial somos çertificado que se hara la dicha csa e monesterio el qual dicho enbargo alçad para que conforme a la clausula del testamento del dicho adelantado se haga e edifique la dicha casa”
El Obispo, el 12 de mayo, manda una comisión al doctor Sancho de Matienzo, canónigo de la Catedral de Sevilla y Comisario de la Santa Cruzada, para que reclame a los priores de ambos conventos “…los tres quentos de maravedis que don francisco enriquez de Ribera adelantado del andaluzia ya defunto mando en su testamento para edificar un monesterio de la horden de santo domyngo en la vylla de alcala de los gazules e dezia que se dyese sy la dicha orden de santo domyngo açeptase la dicha manda”
Subrayado: "edificar un monestº de la horden de sto domingo en la vylla d alcala de los gazules" |
Del mismo modo, encargó a su delegado que advirtiese a los priores que entregasen el dinero a quien el Principal de la orden dominica nombrase:
“lo mandad de nuestra parte el prior de sant geronymo desta çibdad de sevilla y al prior de santa maria de consolaçion de la dicha vylla de bornos en cuyo poder diz que mandastes enbargar y enbargastes los dichos tres quentos por virtud de una nuestra provysyon que para ello dimos y mandadles que acudan con todos los dichos tres cuentos de maravedis a quyen el padre prinçipal de la dicha orden de santo domyngo nonbrare y mandare e sy neçesario es nos por la presente alçamos e quitamos el dicho deposyto y enbargo para que se faga lo que el dicho adelantado mando fecho en sevilla a doze dias del mes de mayo de myll e quinientos e onze años /J. eps palenty et omes por mandado de su señoria juan de bosmediano”
El comisario debió presentar la orden del Obispo a los priores el 16 de mayo:
“Por lo qual alçamos e quitamos qual quyer deposyto o enbargo que fezimos de los dichos tres quentos para que conforme a la clausula del testamento del señor adelantado se haga y edifique la dicha casa e vos mandamos en vistud de santa obediençia so pena descomunyon mayor que acudades con los dichos tres quentos de maravedis a quyen el Reverendo padre provinçial de la dcha orden de santo domingo nonbrare e mandare e sy neçesario es por la presente alçamos e quytamos el dicho deposyto y enbargo para que se faga lo que el dicho señor adelantado mando dada en sevilla a diez e seis dias del mes de mayo año del nasçimiento de nuestro salvador hiesu christo de myll e quynientos e onze años”[3]
Por tanto, el 22 de septiembre de 1511 debe ser la fecha en que el dinero pasa definitivamente a manos de los dominicos y, desde nuestro punto de vista, el punto de partida del Convento de Santo Domingo de Alcalá de los Gazules.
NOTAS
[1] RAMOS ROMERO, Marcos: Historia de los pueblos de la provincia de Cádiz. Alcalá de los Gazules. 1983. Pág. 346
[3] Nuestro agradecimiento a Manuel Romero Bejarano por la transcripción del documento.
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