sábado, 2 de julio de 2016

La Mancebía



Ismael Almagro Montes de Oca

     El barrio de la Mancebía es uno de los más antiguos de Alcalá y de los primeros en erigirse fuera del recinto amurallado, pues consta ya su existencia a mediados del siglo XVI, seguramente alrededor de una fuente de agua allí existente.

     Sea como fuere, hoy vamos a centrarnos en el nombre de esta calle, la Mancebía, que ha conservado desde sus orígenes durante más de cuatro siglos y medio. Dice la Real Academia de la Lengua que mancebía significa: “casa de prostitución” Pero, ¿qué hay de cierto en ello? ¿Existió alguna vez un lupanar en aquella zona?

     El 7 de mayo de 1553, el Concejo de la ciudad de Sevilla aprobó unas ordenanzas sobre las mancebías, que rápidamente se fue copiando en otras localidades, hasta el punto de que, en 1570, el rey Felipe II las hizo extensivas para todas las del reino.



     Gracias a esta promulgación del monarca, podemos conocer los primeros documentos que certifican la existencia de un burdel en Alcalá, ya que, en octubre de ese mismo año, llega una orden al cabildo para que se hagan cumplir estas ordenanzas. Los regidores, en vista de esta provisión, encargan al cirujano Salvador Díaz visitar a las mujeres y revisar su estado de salud para evitar el contagio de enfermedades, cobrando por ello salario del ayuntamiento:

“sobre la provision de la mancebía

En este cabildo el dho señor alde mor (alcalde mayor) pºpuso y dixo ql ylle (ilustre) sor gobernador le enbia una povision de su magt (magestad) escrita en molde sobre lo tocante a las mancebías/ y a las escpturas (escrituras) della viene povision y mto (mandato) del dho señor gobernador los juezes q las fagan cumplir/ y entre las otras cosas q dize la dha pºvision es q cean vezitadas y vistas las mugeres si están sanas pa poder ganar pa evitar los mles (males) q dstar (de estar) enfermas suele suceder/ y q pa este efecto es necesario q aquí se señale sirujano q tenga qta (cuenta) con fazer lo susodho/ y se trato dllo (de ello) y se acordó y mdo (mandó) q salvador días sirujano vesite las dhas mujeres/ conforme lo q manda su magt y q se le de salario del propio del qº (Concejo) qtro ds (cuatro ducados) q vlen (valen) myll y quis mrs (1500 maravedíes) cada un año y q los dipudºs (diputados) del mes q agora son y los q fueren tengan cuidado de fazer al dho sirujano q vaya a fazerlo como su magt lo manda de ma (manera) q no aya falta ninguna” [1]

"... q cean vezitadas y vistas las mugeres si estan sanas..."

      Un par de meses más tarde, se vuelve a tratar el tema en el ayuntamiento alcalaíno, insistiendo el alcalde mayor para que los dos regidores que habían sido nombrados diputados para ese mes hicieran cumplir la nueva ordenanza y se deja bien claro la existencia de este burdel, al que se le menciona como mesón de la mancebía: 

“sobre el arancel dla mancebía

En este cabildo el dho señor alde mor dixo q requeria a los dos ss (señores) y si fera (era) necesario les manda q los q fueren y son diputados visiten el mezon de la mancebía dsta villa y vean y entiendan si se cumple lo qdo (quedado) en el arancel de su magt q allí tiene mandado poner y executarlo en el qdo como son obligdos (obligados) / con apercibio (apercibimiento) q qa (queda) el q en esta tuviere remisión se po (proveyó) se dara informe a dis (dineros) demás de las penas q su magt les pone y lo pidió pr testimo (testimonio)”[2]

"...visiten el mezon de la mancebia dsta villa..."

NOTAS

[1] Archivo Municipal de Alcalá de los Gazules (AMAG). Legajo 4 folio 69. Cabildo del lunes 23 de octubre de 1570. 

[2] AMAG. Legajo 4 folio 77 vuelto. Cabildo del lunes 18 de diciembre de 1570.

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