domingo, 20 de marzo de 2016

La cuaresma en el siglo XVI


Ismael Almagro Montes de Oca 


      Durante siglos, la prohibición de comer carne en cuaresma se ha seguido a rajatabla. Hemos encontrado el siguiente documento de mediados del siglo XVI en que se recoge cómo el Ayuntamiento alcalaíno, coque controlaba todas las actividades económicas, daba licencia para surtir al pueblo de pescado y otros géneros que sustituyeran el consumo de carne, además de prestar dinero al que trajere el pescado: 

      “este dia se propuso q se diese orden como en la quaresma oviese abasto en esta vª de pescada ¿? y pargos y sardinas arencadas y tallon? y ansy mismo abasto de arros y castaña y higos y nuezes y se acordó q se les diese enprestados al q se obligare abasto dl pescado quarenta myll mrs pa q un mes después psado (pasado) quaresma lo bolveran al propio del qº (concejo) y den fa (fianza) a contento dl mayordomo del qº y ql pescado lo vendan ¿? y dentro en la pescadería y q todos los días d quaresma den abasto y pr (por) peso” 

      Asimismo, el cabildo alcalaíno establecía una multa si durante la cuaresma faltaba pescado: 

      “so pena q el dia q faltare pague d pena qtro (cuatro) cs (cientos) mrs (maravedíes) repartidos pr tres ptes pa la cama (cámara) y juez y ¿? y q el dho pescado se oblig (falta papel) el dho emprestado a darlo pr baxa q lleve (falta papel) lo fiziere como bien dl pueblo” 

      Pero no solo se prestaba dinero al pescadero, sino que también se hacía con los proveedores tanto de arroz como de castaña: 

“y se obligue a (falta papel) a los dl arroz y castaña se les preste veynte mil mrs por el (falta papel) orden y q sea obligado a traer buena cosa so la dha pena y q se remate el domingo pimo (primero) q viene o el siguente pr la justiz (justicia ) y diputados y q se pregone pa entonces/ y q todos los q quisieren d mas de los obligados puedan traer del dho pescado y arroz y fruta y venderlo como pudieren” [1]


      Sin embargo, parece ser que había algunas excepciones en que se permitía comer carne durante la cuaresma. Tal es el caso de los enfermos y así, en la de 1558, el cabildo instaron al proveedor de la carnicería a que no faltara carne de carnero para los mismos: 

“en este cabildo sus mds (mercedes) trataron d q aya provisyon d carnero pa los enfermos esta cuaresma venydera porq es cosa q conviene/ y pa lo conveniente? se llamo a este Cabildo a po (Pedro) domynguez obligado q es el año venydero/ con el qual se asento y concertó q pese los domyngos y martes d la quaresma el carnero q fuese menester…” [2]

       Otro de las particularidades de la cuaresma alcalaína de este siglo es que los actos principales se celebraban en la iglesia mayor de San Jorge, donde tenía lugar un sermón que daba un predicador, costeado a medias entre el cabildo secular, es decir, el Ayuntamiento, y el cabildo eclesiástico, pagando cada parte tres mil reales. A veces, este predicador se traía de fuera, como ocurrió en 1543, en que vino a predicar un fraile desde Arcos: 

“en este cabildo se puso por la mor (mayor) pte (parte) dlos dhos (dichos) señores q se libren tres myll mrs al Re (reverendo) padre frey luys de Avila? frayle dl monestio d sant franco dla cibdad de arcos por q a predicado esta quaresma …” [3]

     Pero lo más normal es que se contara con la prédica de frailes del convento local de Santo Domingo: 

“en este cabildo sus mds mandaron q se libren al prior dl monesterio d santo domingo dsta villa tres myll mrs q ovo de aver por q predico la quaresma pasada y q se libren en diego d naba mayordomo dl concejo por q otros tres myll mrs los tiene d pgar (pagar) el mayordomo d la fabrica dla yglia d sant Jorge dsta villa…” [4]

      Otras veces, seguramente por falta de frailes hábiles en la materia de predicar, se recurría, como no podía ser de otra manera, a los propios beneficiados de la parroquia, como ocurriera en 1556: 

“en este cabido se acordó q se escryva al sor lizdo juo dla guardia bendo (beneficiado) desta villa pa q venga a predicar la quaresma q viene a la ygliz mayor de san jorge pues q es tan buen predicador como es noto (notorio)…” [5]

Los preceptos de la cuaresma: limosna, ayuno, abstinencia y penitencia


NOTAS

[1] Archivo municipal de Alcalá de los Gazules. legajo 2 folio 394 vto. y 395. cabildo lunes 17 enero 1558 

[2] legajo 2 folio 401 vto. cabildo lunes 21 febrero 1558 

[3] legajo 1 folio 26 vto. cabildo 26 marzo 1543 

[4] legajo 1 folio 150 vto. cabildo miércoles 9 julio 1544 

[5] legajo 2 folio 302 vto. cabildo lunes 28 diciembre 1556

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