Noticia publicada en el periódico "La Correspondencia Militar" en la página 2 de su edición del 4 de abril de 1908. Año XXXII, n.º 9.237
"ORDEN CIVIL DE BENEFICENCIA
UN OFICIAL CONDECORADO
Constantemente se manifiestan en el Ejército, aun fuera de los casos en que el combate impone el riesgo y el necesario arrojo para arrostrarlo, actos de valor y serenidad que adquieren los verdaderos caracteres del heroísmo, y constantemente^ como consecuencia de estos actos, están resolviéndose por el Consejo de Estado expedientes de ingreso en la orden civil de Beneficencia de individuos que visten el honroso hábito militar, y de cuyas resoluciones nos apresuramos á dar cuenta para gloria de los distinguidos y prestigio del uniforme.
Acaba de resolverse uno de estos innumerables expedientes por real orden del ministerio de la Gobernación publicada hoy en el Diario Oficial, y por la cual se concede la cruz de tercera clase de la orden civil de Beneficencia al primer teniente de Carabineros D. Manuel Serrano García, y no hay modo más elocuente de relatar el hecho que á tal distinción le hizo acreedor que transcribir íntegra la soberana disposición en que se adopta tal acuerdo, y que dice así:
«Remitido á informe de la comisión permanente del Consejo de Estado el expediente de propuesta de ingreso en la orden civil de Beneficencia del primer teniente de Carabineros de la comandancia de Cádiz, D. Manuel Serrano García, por los servicios prestados en un incendio de una dehesa y su caserío, de término de Alcalá de los Gazules, dicho alto Cuerpo, con fecha 28 de Febrero próximo pasado, ha emitido el dictamen siguiente:
Excmo. Sr.: La comisión permanente del Consejo de Estado ha examinado, en cumplimiento de real orden dictada por el ministerio del digno cargo de V. En, el expediente de propuesta de ingreso en la orden civil de Beneficencia de D. Manuel Serrano, primer teniente de Carabineros de la comandancia de Cádiz.
Resulta de los antecedentes que á las nueve de la mañana del 27 de Julio de 1907 se declaró un incendio en la dehesa de «Larios», término municipal de Alcalá de los Gazules, provincia de Cádiz, que el citado primer teniente acudió al lugar del siniestro, entró en el caserío, salvando á dos niños de corta edad, y dejándolos en lugar seguro, volvió á entrar en el caserío, sacando, en unión de los carabineros á sus órdenes a una anciana que presentaba los primeros síntomas de la asfixia, á otras dos mujeres y á un hombre. Las autoridades hacen constar que estos actos humanitarios los realizó el aludido teniente con notable valor, poniendo en peligro su vida al atravesar la línea de fuego, que era muy considerable, y ocasionándose varias quemaduras, afirmando, asimismo, que sin su eficaz intervención hubieran sido víctimas del siniestro las personas salvadas. Todos los informes, tanto de las autoridades como de los testigos son favorables.
El fiscal y el auditor estiman que el teniente citado se ha hecho acreedor al ingreso en la orden civil de Beneficencia, y para esta gracia lo propone el capitán general de Sevilla. Considerando que los hechos expuestos están comprendidos entre los que enumera el art. I.° del real decreto de 22 de Diciembre de 1857, pues sin la eficaz intervención del teniente D. Manuel Serrano hubieran perecido las personas á quienes con peligro de su vida salvó. La comisión permanente del Consejo de Estado opina que procede concederle el ingreso en la orden civil de Beneficencia. Y conformándose S. M. el Rey (q. D. g.) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone y otorgar al interesado la cruz de tercera clase de la orden civil de Beneficencia.»
Felicitamos muy de veras al teniente Serrano y al digno Cuerpo á que pertenece, repetidamente blasonado con esta honrosísima recompensa, reveladora de los grandes méritos y virtudes que en el seno del Ejército se atesoran."
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