Artículo publicado en la Revista de Apuntes Históricos
y de Nuestro Patrimonio 2010
J. Carlos PERALES PIZARRO
“Fue un día profundamente alegre — muchos que ya éramos viejos no recordábamos otro más alegre -, un día maravilloso en que la naturaleza y las historia parecían fundirse para vibrar juntas en el alma de los poetas y en los labios de los niños. La República había venido por sus cabales, de un modo perfecto, como resultado de unas elecciones... Desde aquel día - no sé si vivido o soñado - hasta el día de hoy, en que vivimos demasiado despiertos y nada soñadores, han transcurridos seis años repletos de realidades... yo los resumiría con unas pocas palabras: Unos cuentos hombres honrados tuvieron la insólita idea y genial ocurrencia de legislar atenidos a normas estrictamente morales, de gobernar en el sentido esencial de la historia, que es el del porvenir”
Don Antonio Machado.
Don Antonio Gallego Visglerio, el que fuera alcalde republicano de Alcalá de los Gazules en 1936 y que fue fusilado junto a otros alcalaínos, tras el golpe de Estado (1), en 1931, siendo elegido concejal por Izquierda Republicana, en la primera corporación, en julio de este año, dirigió una carta al Ilustrísimo Ayuntamiento que me permito trascribir para su conocimiento.
Fue Alcalde en dos ocasiones: desde el 14 de octubre de 1933 al 19 de octubre de 1934 y desde el 21 de febrero de 1936 hasta el 22 de julio, que fue depuesto y detenido por los sublevados.
Traslada Don Antonio Gallego, en este escrito, su compromiso y su responsabilidad asumida tras su elección como concejal.
Nos da una idea de las esperanzas que se tenían puestas en la recién llegada república.
Había nacido el 9 de octubre de 1893 y vivió en la calle Galán Caballero.
Murió el 24 de julio de 1936, ejecutado, fusilado, siendo alcalde de Alcalá de los Gazules, “por no ser adicto al Movimiento”.
Sigue siendo unos de los miles de desaparecidos provocados por el golpe de estado de Franco y su posterior represión.
Con Registro de Entrada, número 672, de fecha 17 de junio de 1931, dirigida a LA ILUSTRE
CORPORACIÓN MUNICIPAL y firmada en Alcalá de los Gazules a 16 de junio de 1931, textualmente dice así(2):
“El concejal que suscribe, deseando responder a la confianza que los electores han depositado en él al llevarlo al puesto honroso que en la actualidad ocupa por la libre y espontánea decisión popular, ante esa Corporación tiene el honor de exponer:
Abrumadora es la responsabilidad que en los momentos actuales aceptan o se ven obligados aceptar los ayuntamientos formados por la no coaccionada voluntad de los pueblos, después de una luctuosa época de injusticias y atropellos, de inmoralidad e ilegalidades a cuyo peso se desmoronó el trono borbónico.
No hay hombre tan libre de compromisos de amistad y de relaciones familiares que pueda, sin sentir amargura del deber, comenzar una obra de fiscalización y depuración de responsabilidades, sin antes sostener una lucha agotadora entre su conciencia ciudadana y el deseo de conservar sus amistades y de que no se rompan los amables lazos de familia.
Esta es la humanamente desagradable situación legal de los que como el exponente, mejor dicho la de todos los que formamos esta Ilustre Corporación, hemos sido elevados para ocupar los Cargos de representantes del pueblo, sin que la ley nos permita renunciar a ellos, por ser obligatorios.
Ansias de justicia tiene el pueblo al que representamos e incurriríamos en deslealtad si, después de haberle ofrecido a lo que tiene derecho indiscutible, claudicáramos por temor a los perjuicios morales o materiales que de ello se derivasen.
Muchas horas de meditación, muchas indecisiones y aplazamientos ha sufrido por nuestra
Parte el compromiso de tan sagrado deber; pero hora es ya que lo cumplamos, si no queremos que con sobrada razón el pueblo pueda escupirnos con desprecio por cobardes e indignos de ser sus representantes.
La República Española no puede cimentarse en un borrón y cuenta nueva, sino que hay que barrer y descubrir toda la basura que corroyó al régimen desplazada, pues lo contrario, no demostrándose y sancionándose las ilegalidades e inmoralidades cometidas por los servidores de la monarquía destronada, nada tuviese de extraño que dentro de poco volviesen a posesionarse del poder en este pueblo y en otros muchos, los solo han sabido ser caciques durante muchos años, ya que de hacerse el silencio en torno a su gestión administrativa que de funesta se ha considerado, les concederíamos el derecho a seguir interviniendo en la vida pública y los que hemos criticado su gestión pudiéramos ser tildados de calumniadores.
Si amarga y doloroso es la gestión de todo Fiscal y más cuando su actuación debe desenvolverse en su mismo pueblo y contra personas de las que no lo separan odios ni enemistades, también es elevada y noble, por cuanto se encamina a perseguir a los culpables, como representantes de la Ley, en desagravio de la sociedad ofendida o perjudicada.
Por lo expuesto y de acuerdo con disposiciones emanadas del Gobierno Provisional de la República Española, someto a la consideración y decisión de este Ilustre Ayuntamiento lo siguiente:
1º Que se proceda a una inspección de los acuerdos y cuentas del Municipio desde el año 1924, declarando lesivos los que proceda.
2º Que en cumplimiento de lo que antecede se informe por Secretario y por Intervención si la adquisición y pago del todo o parte del valor en que ha sido adquirida de Don M. T. (3) la Casa Ayuntamiento donde actualmente se encuentran instaladas las oficinas, están ajustadas a las leyes entonces en vigor o si, por el contario, han dejado de cumplirse requisitos esenciales.
3º Que igualmente se informe por ambas dependencias si las obras del camino vecinal desde esta ciudad a la de jerez se ha llevado a efectos en legal forma, con su correspondiente presupuesto o si por el contrario han dejado de cumplirse algunas formalidades legales, tanto en su ejecución como en los pagos que se han hecho
4º Se informe por Secretaría si las vacantes ocurridas desde el año 1924 en lo referente a empleados administrativos se han cubierto y se han efectuado la corrida de escala en la forma determinada en el Reglamento de los empleados de este Ayuntamiento y conforme a lo establecido en el articulo 247 del Estatuto municipal entonces vigente y en el 97 del Reglamento de Secretario, Interventores y empleados municipales en general de 23 de agosto de 1924.
Es cuanto tengo el honor de someter a la consideración y decisión d la Ilustre Corporación Municipal a la que me honro de pertenecer.
Alcalá de los Gazules, 15 de junio de 1931.
Antonio Gallego Visglerio (rubricado)”
Hasta aquí el texto íntegro del escrito.
Unas ultimas consideraciones me permito añadir. Es, a pesar del tiempo transcurrido, actual y nos enseña y deberíamos de aprender de él. Como ciudadano y, en la actualidad, como concejal que soy, suscribo en la distancia lo sustancial del escrito de Don Antonio Gallego. Quizás, no nos vendría mal, a todos, el aprender de sus palabras y reflexiones.
Recuperar la Memoria Histórica, recuperar nuestra memoria, también es recuperar nuestra República, con sus aciertos y con sus errores.
NOTAS
(1) Apuntes Históricos y de nuestro Patrimonio 2003. Don Antonio Gallego Visglerio, Alcalde Republicano de Alcalá de los Gazules. Fusilado en Julio de 1936. J. Carlos Perales Pizarro.
(2) Archivo Histórico Municipal de Alcalá de los Gazules. Expedientes varios.
(3) Mantengo el anonimato de la persona referenciada.
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