Ismael Almagro Montes de Oca
El 13 de septiembre de 1598 el monarca español Felipe II fallecía en el monasterio de El Escorial. Casi dos semanas más tarde, las noticias de su muerte llegan a Alcalá, acordando los regidores realizar unas honras en su memoria. [1]
En el cabildo siguiente, celebrado el jueves 8 de octubre, se fijan todos los pormenores para la celebración, como la fecha de la celebración, la participación del clero secular y regular o la colocación y adorno del túmulo funerario:
“En este cavº se trato lo que se a tratado en el cabildo pasado sobre la muerte de su magd del Rey don Phelipe nro sr y que como es justo se haga y tenga el sentimº ques raçon y se pongan lutos y se hagan sus Honrras con la Ponpa y beneracion ques justo y para que se ponga por obra con la brevedad que conve se acordó y mando que se hagan las honrras de vísperas y missa cantada con las missas que se pudieren decir por todos los frailes de los conventos desta vª y beneficiados curas y capellanes de la iglesia de sr Sn Jorge desta villa Para el domº (domingo) que viene q se contaran veinte y cinco deste mes de otub y para ello y que se convide a los frayles y luego para las dichas honrras y missas se cometio a Antº de caçalla alcalde ordº y don antº de trux alguacil mor Y para las dhas honrras y hacer el tumulo en la iglesia de sr sn Jorge desta vª se cometio al dotor Ayala de molina Alcayde corregor desta villa y a don antº de truxº alguacil mor a los quales se le dio comison para que lo pongan con la mayor ponpa q se pudiere hacer el qual hagan cubrir de paños negros y tengan qta de y raçon de lo que se gastare y ansimismo se acordó que se conpren ciento y cinqta velas de quatro en libra para poner en el tumulo cient velas y a los clerigos y frayles y actores y beynte y quatro hachas para el mulo…”
Pero quizás lo más curioso es que todo el ayuntamiento estaba obligado a guardar luto por el monarca, siendo el cabildo el que debía costear dichas prendas para los regidores:
"…Ansimismo en este cavildo se acordó que conforme a las leyes y pramagticas de su magd se a de dar luto a todos los oficiales del cabildo y para ello se mdo que se livren a cada uno de los dhos oficiales dos mil mrs (maravedíes) a su md (merced) del dho Alcayde y corregor desta villa quatro mil mrs y a los demás officiales dos mil mrs…” [2]
Pero es que, además, debían usar el luto de una manera predeterminada y en caso de no hacerlo así, serían multados con el doble del coste de sus ropajes:
“en este cavdo se acordó y mdo que todos los oficiales deste qº a quien se da salarios y te boto que acudan a las onrras q se an de hacer por la muerte de su magd el Rey don Felipe al tienpo q se aya de hacer con su coba y capirote cubierta la cabeza como es obligdo y la tenga hasta que se hagan antes y después pena de que el que ansi no lo fiziere vuelva los dos mil mrs q se le dan para el luto con el doblo y ansi se acordó por el cavdo” [3]
Felipe II en su lecho de muerte. Jover y Casanova, 1864 |
NOTAS
[1] Archivo Municipal de Alcalá de los Gazules. Actas Sesiones del Ayuntamiento Pleno. Legajo 6 folio 326. Cabildo del domingo 27 de septiembre de 1598
[2] Ib. folio 327 vuelto y 328. Cabildo del jueves 8 de octubre de 1598
[3] Ib. Folio 329. Cabildo del miércoles 14 de octubre de 1598
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